Muy buenas noches apreciables colegas, consulto puntualmente ¿es necesario que nombre ejecutor de embargo en la solicitud? Hago dicha pregunta en vista de que no tengo conocimiento de ningun bien propiedad de un muy conocido call center.
Por lo que estoy solicitando en el escrito, se requiera la declaracion jurada, se manden oficio a la superintendencia y a los bancos para determinar si existen cuentas y las cuantias de las mismas.
asimismo, soy del criterio que el EMBARGO DE CUENTAS puede hacerse via oficio y no es necesario el ejecutor de embargos, ¿estoy errado?
Gracias por sus comentarios
La Verdad es un arma de tres filos: la tuya, la mía y la verdad
En efecto el juzgado ordena el embargo al banco, pero ud en su demanda solicite que si de considerarlo necesario el juzgado nombre Ejecutor de embargo o se le requiera nominar uno.-
El siguiente usuario dijo gracias: Armando Barrera