Colegas, como parte del Derecho Internacional todos tenemos la información sobre la Inmunidad Diplomática, pero algunos Países como México imponen su legislación en los casos de abusos en contra de los trabajadores contratados localmente, nuestro país no es de esos Estados, que vía podría usas para pedir responda una Representación Diplomática por el Despido de un Trabajador que laboro por muchos años como empleado local.
Estaba leyendo un documento en donde la cancillería Mexicana orienta a las representaciones diplomáticas que ante conflictos laborales con empleados locales, traten de llegar a un arreglo conciliatorio antes de someterse a instancias judiciales, en el entendido que muchos estados no reconocen inmunidad diplomática en materia de laboral.
Además porque Los artículos 41, párrafo 1 y 55, párrafo 1, de las Convenciones de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares, respectivamente, establecen que las personas que gozan de los privilegios e inmunidades otorgados conforme a estas Convenciones deberán respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor. Tal obligación ha sido interpretada de manera extensiva al Estado que envía a los agentes diplomáticos y consulares, particularmente en materia laboral.
Con base a lo anterior, debería de presentarse en la Dirección General de Trabajo en el MT y plantear su cosa y buscar inicialmente un arreglo.
Gracias Colegas, pero la actuación de la Representación Diplomática es decir tenemos fuero y no tienen jurisdicción ante nosotros, entiendo que pueden seguir el proceso en el País de origen pero eso seria muy oneroso para una empleada, el Min Trab casi que sigue la misma linea de no se puede hacer nada contra una Embajada, de ahí la consulta.