Yo le veo que puede tener dos tipos de relacion juridica, porque todo va a partir de que naturaleza es el contrato que estos dos formalizaron. Porque puede ser una relacion entre ARRENDANTE Y ARRENDATARIO si es por un contrato de Arrendamiento de vehiculo, y tambien puede ser una relacion entre PATRONO Y TRABAJADOR, si estos contituyeron un contrato individual de trabajo....
El siguiente usuario dijo gracias: mrcc, Bayona, caty
jonathan lovos escribió: Yo le veo que puede tener dos tipos de relacion juridica, porque todo va a partir de que naturaleza es el contrato que estos dos formalizaron. Porque puede ser una relacion entre ARRENDANTE Y ARRENDATARIO si es por un contrato de Arrendamiento de vehiculo, y tambien puede ser una relacion entre PATRONO Y TRABAJADOR, si estos contituyeron un contrato individual de trabajo....
Pero en el caso de que exista un contrato individual de trabajo como se prueba dicha relación jurídica existe un articulo del código de trabajo que lo mencione?
Lo primero que hay que averiguar es si el servicio de taxi esta legalizado por el ministerio correspondiente; si lo anterior es positivo hay que determinar si es persona natural o juridica la que esta facultada por la administracion, siendo que es persona juridica se tendra que determinar si es una sociedad u otro tipo de organizacion que este facultada por ley para el ejercicio economico; cuantos taxis prestan el servicio, de eso se determinara como lo plantea el codigo laboral si son empleados y si existe el elemento de subordinacion que es la esencia del contrato de trabajo, y terminando con lo anterior, si el ministerio de trabajo tiene en sus archivos o documentos que vinculen al servicio de taxis con este ministerio, osea numero de empleados, horas que se laboran, autorizaciones correspondientes.
jonathan lovos escribió: Yo le veo que puede tener dos tipos de relacion juridica, porque todo va a partir de que naturaleza es el contrato que estos dos formalizaron. Porque puede ser una relacion entre ARRENDANTE Y ARRENDATARIO si es por un contrato de Arrendamiento de vehiculo, y tambien puede ser una relacion entre PATRONO Y TRABAJADOR, si estos contituyeron un contrato individual de trabajo....
Muy buen comentario, aunque yo me inclinaba más por la relación entre ARRENDANTE y ARRENDATARIO, pienso que puede encajar como dice el colega...
Saludos,
es por que el dueño del taxis le da la la herramienta necesaria que es el automovil para que este labore a demas el taxista esta asumiendo derechos como obligaciones con el dueño