AYUDA URGENTE POR FAVOR EN CASO DE FAMILIA

04 Nov 2015 22:49 #1 por Silaida
MUY BUENAS NOCHES: NECESITO DEL VALIOSO APOYO DE LOS RESPETABLES FORISTAS EN ELCASO QUE EXPONGO:

Una pareja procreò 2 hijos menores y han hecho por 5 años vida en comùn sin contraer matrimonio. Este año, el padre de los menores abandonò a su pareja y a sus hijos y se fue con otra mujer. . La situaciòn actual es que la madre de los niños solicita que se le represente legalmente y que se realice una conciliaciòn extrajudicial solicitàndole al padre de los niños que le conceda a ella la autoridad parental y que ha cambio èl se quede con los bienes muebles e inmuebles que adquirieron como pareja y que no le pedirà cuota alimenticia. Yo considero que lo conveniente es presentar su demanda ante juzgado de familia competente, pues no sè que garantìa le darìa a ella una conciliaciòn extrajudicial con el padre de los niños.

Muchas gracias por los valiosos aportes que se sirvan brindarme, èxitos en sus labores y bendiciones.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

05 Nov 2015 09:15 #2 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema AYUDA URGENTE POR FAVOR EN CASO DE FAMILIA
DE entrada ninguna conciliacion extrajudicial se podra homologar pretendiendo que el papa renuncia su autoridad y se excuse de su responsabilidad como padre.
IRRENUNCIABILIDAD E INDELEGABILIDAD
Art. 5.Cf- Los derechos establecidos por este Código son irrenunciables, salvo las excepciones legales,
y los deberes que impone, indelegables; cualquier declaración en contrario se tendrá por no escrita.
Ademasa la autoridad parental es un deber legal de ejerecerla
CONCEPTO
Art. 206.- La autoridad parental es el conjunto de facultades y deberes, que la ley otorga e impone
al padre y a la madre sobre sus hijos menores de edad o declarados incapaces, para que los protejan,
eduquen, asistan y preparen para la vida, y además, para que los representen y administren sus bienes.

ahora como es comun en algunos casos se cree que eña autoridad se puede delegar lo cual como vimos no se puede y solo se puede sus pender y retirar lo cual no exime de sus responsabilidades pecunarias so pena de caer en responsabilidad penal.
RESPONSABILIDAD PENAL
Art. 222.- Los padres que abandonaren moral y materialmente a sus hijos, o dejaren de cumplir
los deberes inherentes a la autoridad parental o abusaren en el ejercicio del derecho de corrección, serán
responsables conforme a la legislación penal, sin perjuicio de exigírseles el cumplimiento de los deberes
que este Código y demás leyes establece.
PERSISTENCIA DE LOS DEBERES ECONOMICOS
Art. 246.- La pérdida de la autoridad parental o la suspensión de su ejercicio, no eximen a los
padres del cumplimiento de los deberes económicos que este Código les impone para con sus hijos.

Siendo asi mejor a mi modo de ver realizen un convenio de divorcio donde se plantee que el señor seguira aportando su cuota y HARA un esfuerzo de tratar de querer y relacinarse con sus hijos.Ahora si pasado un tiempo el padre no muestra mayor realacion de trato con lo niños tramite uan ausencia no justificada uy que le suspendan la utoridad parental para no andar buscándolo para algún tramite.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

05 Nov 2015 09:50 #3 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema AYUDA URGENTE POR FAVOR EN CASO DE FAMILIA

Silaida escribió: MUY BUENAS NOCHES: NECESITO DEL VALIOSO APOYO DE LOS RESPETABLES FORISTAS EN ELCASO QUE EXPONGO:

Una pareja procreò 2 hijos menores y han hecho por 5 años vida en comùn sin contraer matrimonio. Este año, el padre de los menores abandonò a su pareja y a sus hijos y se fue con otra mujer. . La situaciòn actual es que la madre de los niños solicita que se le represente legalmente y que se realice una conciliaciòn extrajudicial solicitàndole al padre de los niños que le conceda a ella la autoridad parental y que ha cambio èl se quede con los bienes muebles e inmuebles que adquirieron como pareja y que no le pedirà cuota alimenticia. Yo considero que lo conveniente es presentar su demanda ante juzgado de familia competente, pues no sè que garantìa le darìa a ella una conciliaciòn extrajudicial con el padre de los niños.

Muchas gracias por los valiosos aportes que se sirvan brindarme, èxitos en sus labores y bendiciones.


mmm¡¡¡ no existen conciliaciones extrajudiciales que le permitan a un padre "renunciar" a sus derechos; y menos a "renunciar" a la obligación que tiene de aportar alimentos.

Los derechos de los niños y niñas de recibir alimentos y relacionarse con los padres son derechos irrenunciables.

Si la madre pretende ser ella quien ejerza de forma exclusiva la representación legal de sus hijos lo legalmente procedente es que inicie un proceso para judicializar la relación de hecho que tiene con sus hijos; esto implica que deberá iniciar un proceso para ejercer ella la guarda y cuidado personal de los hijos, en el mismo proceso solicita alimentos y ofrece un régimen de visitas.

Los hijos no pueden "canjearse" por bienes muebles; porque incluso estos son considerados de uso de los niños y niñas, ya que forman parte de lo que se conoce como menaje familiar.

Entonces lo mejor es iniciar el proceso para ejercer la Guarda y Cuidado Personal (lo que implica la representación legal de los hijos) pedir cantidad de dinero en concepto de alimentos y ofrecer un régimen de visitas.

Suerte...

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

05 Nov 2015 17:41 #4 por Silaida
Respuesta de Silaida sobre el tema AYUDA URGENTE POR FAVOR EN CASO DE FAMILIA
Mil gracias lic.Avelar y NVramirez, les agradezco sus valiosos aportes.
Bendiciones

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.216 segundos
Gracias a Foro Kunena