Hasta donde se, si se puede siempre y cuando no haya impedimento alguno para ejercer la procuracion, aunque por consejo es mejor que otro abogado procure por los intereses de uno, pues uno mismo no defiende objetivamente sus derechos y pretensiones pues hay una mezcla de sentimientos y eso no permite actuar razonablemente, o bien no hay problema si el divorcio se hara por mutuo consentimiento de las partes; espero sirva de algo la nota.-
En la ley existe una disposición relativa a su pregunta colega.
En el Art. 10 Pr. Fam. Entonces si se puede. Más como acota Bendiciones, usted puede disponer discrecionalmente que la represente un colega aparte de usted, para ejercer una mejor procuración.
colega claro que si puede iniciarla y fenecerla yo lo hice, pero como dijo otro colega es mejor que alguien màs objetivo lleve el proceso ya que como dice un adagio el abogado que se defiende a si mismo tiene el cliente màs tonto del mundo, suerte!