HOLA AMIGOS TENGO UNA INQUIETUD Y ES LA SIGUIENTE:
TENGO UN DIVORCIO POR SEPARACION EL PUNTO ES QUE SEGUN DUI LOS DOS SON DEL DOMICILIO DE TONACATEPEQUE PERO RESULTA QUE EL SEÑOR FUTURO DEMANDADO VIVE ACTUALMENTE EN SAN MIGUEL, LA MAMA DE EL VIVE EN ILOPANGO Y SE OCURRE QUE PUEDE RECIBIR EL EMPLAZAMIENTO Y COMO EL SEÑOR TIENE SU ABOGADO EN SS LA SEÑORA LE PUEDE COMUNICAR DEL MISMO A SU ABOGADO PARA QUE CONTESTE LA DEMANDA, LA PREGUNTA ES SE PODRÁ HACER EL EMPLEAZAMIENTO A LA MADRE DEL DEMANDADO, O A SU APODERADO PARA QUE SE HAGA EN SS O NECESARIAMENTE SE DEBE INTERPONER LA DEMANDA EN EL JJUZGADO DE FAMILIA DE SAN MIGUEL
ESPERARE SUS COMETARIOS AL RESPECTO MUCHAS GRACIAS
Saludos Estimado;
Cuando mencionas de Apoderado, tienes alguna copia de un poder donde constates verdaderamente que el Abogado que hablas es efectivamente el apoderado del Demandado? Sino es improcedente, porque no solo podes presumir. Art. 184 Código Procesal Civil y Mercantil; ya que en caso de ese supuesto abogado no resulte el apoderado vas a tener inconvenientes.
En cuanto a que emplaces a la madre a mi forma de ver las cosas, es improcedente, porque según lo establecido en el Art. 181 Código Procesal Civil y Mercantil es al Mero Demandado al que debes de emplazar, para que tu legitimo contradictor tenga conocimiento de la demanda incoada en su contra. Ademas en los requisitos de la Demanda el Articulo 42 de la Ley Procesal de Familia, en literal c) y g) son claros y puntuales.
Lo ideal seria que lo demandes en San Miguel conforme a las reglas de la Residencia y Domicilio de las personas.
Pero dependiendo de tus pretensiones (si solo se busca terminar el vinculo matrimonial y régimen patrimonial), lo podes demandar por Domicilio Ignorado(Lo podes demandar en cualquier Juzgado de Familia) y lo emplazas por Edictos. Así de sencillo sin que te compliques.
ES QUE YO YA HABLE CON EL ABOGADO UNA VEZ Y ME DIJO QUE EL APODERADO ES MAS EL INICIO EL PROCESO EN SU MOMENTO LO INTENTO POR MUTUO CONSENTIMIENTO SIN EMBARGO QUERIA ESTABLECER DE CUOTA 50 DOLARES Y RESTRINGUIR REFERENTE AL CIUDADO PERSONAL DEL MENOR Y OBVIAMENTE LA CLIENTA NO ACEPTO, SE ME OCURRE QUE SI LO HACEMOS POR PARADERO DESCONOCIDO Y LUEGO SE DA CUENTA EL O SU ABOGADO PUEDEN ALEGAR NULIDAD DEL PROCESO SO PRETEXTA QUE LA SEÑORA SABIA PERFECTAMENTE CUAL ERA SU RESIDENCIA Y SU TELEFONO..
POR OTRA PARTE SI SE REALIZARE POR PARADERO DESCNOCIDO NO SE LE PODRIA IMPONER LA CUOTA DE ALIMENTOS EN VIRTUD QUE NO HABRIA FORMA DE DETERMINAR LA PROPORCIONALIDAD EN EL MONTO DE LA MISMA.
Si se esta seguro que la señora madre del futuro demandado recibirà el emplazamiento y se lo entregarà al señor, se puede intentar el divorcio en Soyapango (porque la madre vive en Ilopango).- Si se hace el emplazamiento por medio del Abogado, debe estarse seguro que este apoderado tiene facultades para poder darse por emplazado, caso contrario mejor ni se arriesgue¡¡¡
Pero se corre el riezgo que al contestarse la demanda, se alegue incidente por no corresponder al domicilio del demandado, y que el juez de soyapango lo remita para San Miguel, y la desventaja serà ese viaje largo y cansado a un lugar taaaan caliente y humedo como San Miguel¡¡¡
Pero se tendra asegurado el pago de la cuota y el establecimiento del regimen de visitas que màs le convenga a su clienta¡¡¡
El siguiente usuario dijo gracias: Bayona, RafaAlfaro
ENTONCES A SU FORMA DE VER LIC Y SEGUN SU EXPERIENCIA ES MEJOR QUE DEMANDEMOS EN SAN MIGUEL, QUE TAL ES ESE JUZGADO EL SEGUNDO?????? Y QUE HA VISTO USTED EN LOS JZUGADOS SOBRE LA PROCEDENCIA Y VALIDEZ DE LOS EMPLZAMUIENTO DEJADAS A LA MADRE DEL DEMANDADO COMPROMETIDNOSE ELLA HACER LA ENTREGA DEL MISMO A SU HIJO, PORQUE YA SE HA AHBLADO
generalmente cuando emplazan solo llegan y preguntar por el señor xxx, dicen las personas, que no se encuentra en casa; pero que le pueden dejar la documentaciòn... La entregan, firman y el acto de emplazamiento es legal.
Ahora si el demandado alega que la vivienda donde fue emplazado no es su casa; y plantea incidente de nulidad (lo cual es raro, casi siempre cuando esta por vencer el plazo para contestar la demanda)
El juez le da tràmite al incidente, remitiendolo al tribunal competente...
Y sobre los Juzgados de San Miguel (con el perdòn de todos los foristas migueleños) no los conozco, y no conozco el criterio; porque nunca me ha gustado llevar procesos ahì... No me gusta el calor