es el caso que una madre de familia se acerco a la oficina y desea que se promueva en su nombre juicio de cuidado personal, pero ella está siendo procesada por violencia intrafamiliar contra el padre del niño, han decretado sesenta dias de instrucción los cuales ya se vencen en los primeros días de mayo, pero ella desea poder tener a su hijo, ¿creen ustedes que habría problemas en el proceso si interpongo el de cuidado personal por el hecho de estar ella siendo procesada aún cuando el delito no es contra el niño?
¿creen que debo esperar a que se ventile la causa penal?
¿tiene alguien jurisprudencia que me pueda ayudar en este caso?
Les agradecería mucho cualquier colaboración. Saludos
En principio para establecer quien ejercera el Cuidado Personal de Menores, debe tomarse en cuenta:
1.- Con quien reside el menor
2.- La edad del menor
3.- Dependiendo de la edad, el deseo del menor
De ahì si la madre no ejerce el cuidado personal del menor, es màs dificil establecer ese derecho judicialmente; si a eso le sumamos que ante una situaciòn de malas relaciones interpersonales entre los padres, los jueces prefieren no desarraigar a los chicos; de ahì que prefieren que se queden en el lugar donde habitualemente han residido; y finalmente procuran que sea el padre o la madre que tutele mejor sus derechos quien los ejerza, es decir que prefieren los jueces, siempre el padre "menos" conflictivo, resultando aquel que anteponga los derechos del menor a sus propios derechos...
El siguiente usuario dijo gracias: fridamaria23, Bayona
muchas gracias ya con eso me ayuda a dilucidar, creo que está dificil entonces porque él se ha quedado con el niño y no la deja verlo porque si se acerca a él (padre) viola la restriccion que le han dictado de permanecer lejos de él.
Entonces solo podrìa iniciar un proceso para establecer regimen de visitas, comunicaciòn y estadìa. Aclarando que serà una tercera persona con la cual se auxiliaran para hacer efectivo el regimen
De igual forma tiene que ofrecer cantidad de dinero en concepto de cuota alimenticia, porque ese es otro derecho del menor...
muchas gracias ya con los dos criterios me ayudaron a decidir que interponer, mejor el de visitas interpondré por ser el mas factible, y luego cuando se haya dilucidado el caso penal pues el de cuidado personal.