Hola buenos dias de nuevo, en el caso de perdida de autoridad Parental, la puedo robar por abandono, no tengo problema con eso, me surge una duda, la direccion que mi cliente tenia no es donde vive el demandado, sin embargo el equipo multidisciplinario lo encontro, siempre es el mismo domicilio, por lo tanto el Juez no puede declararse incompetente, lo que cambio es que vivia en caso 4 y hoy en casa 240, en la misma colonia, por lo que lo inicie por domicilio ignorado, puede interponer alguna excepcion por eso? gracias por su tiempo y ayuda Bendiciones
Tiene que alegarse con la contestaciòn de la demanda, de forma escrita y con la asistencia de procurador (por medio de abogado)
No se puede alegar de forma verbal como incidente; porque esta se alega al tener conocimiento que se ha interpuesto demanda, y generalmente se da, despùes que los especialistas del equipo multidisciplinario lo han encontrado, o cuando algùn pariente le comenta que lo llegaron a buscar a su domicilio...
La situaciòn es que debe alegarse inmediatamente la nulidad, al tener conocimiento del proceso, y no cuando lo informa el equipo multisdisciplinario...
Prf..................................................................Anulabilidad de la notificación
Art. 35.- La notificación es anulable:
a) Si se comprobare error sobre la identidad de la persona notificada;
b) Si la resolución ha sido notificada en forma incompleta;
c) Si en el acta no consta la fecha de la notificación;
d) En caso de disconformidad entre el original y la copia de la esquela; y,
e) En cualquier falsedad en el acto de comunicación.
El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.