BUENOS DIAS! EN UN PROCESO DE DIVORCIO POR MUTUO CONSSENTIMIENTO ES NECESARIO PRESENTAR DOS PODERES ? EL CASO ES QUE UNO DE LOS CONYUGUES ESTA EN LA USA Y YA MANDO UN PODER ESPECIAL, TENGO QUE PEDIRLE UN PODER A EL OTRO CONYUGE QUE ESTA EN EL PAIS?
Si, usted representarà a los dos esposos en las diligencias de mutuo consentimiento, debe establecer la personerìa con la que comparece...
Y si el poder enviado solo es uno de los esposos el que otorga el poder para el procurador, le hace falta establecer la personerìa con relaciòn a la esposa, y eso se hace con el poder que ella otorgarà de conformidad a lo establecido en el art. 10 y 11 de la LPF.
Entonces se haràn dos poderes uno enviado por el esposo en la USA, y otro que deberà otorgar la esposa aquì.
Efectivamente, si no te dieron un solo poder donde comparecen los dos conyuges, debes pedir al conyuge que se encuentra en nuestro pais te faculte tambien.
No te olvides.. del convenio si tienen hijos y deben autorizarte para suscribirlo por ambos.
Bendiciones
Y vio Dios que todo era bueno... y aparecieron los abogados...
grisolia escribió: Efectivamente, si no te dieron un solo poder donde comparecen los dos conyuges, debes pedir al conyuge que se encuentra en nuestro pais te faculte tambien.
No te olvides.. del convenio si tienen hijos y deben autorizarte para suscribirlo por ambos.
Bendiciones
Efectivamente debe presentarse convenio de divorcio, cumpliendo lo establecido en el CF, aún cuando no se hayan procreado hijos; solo se consigna que los cónyuges no se expresan sobre derechos de los hijos porque no fueron procreados en la relación matrimonial...
"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".