buenas tardes colegas tengo un caso
Un recien nacido nacio vivo pero en mal estado de salud, debido a complicaciones fallecio, unicamente con la boleta de registro de nacimiento, QUE PROCEDE EN ESTE CASO.???
Procede asentar el nacimiento de acuerdo a lo establecido en el art. 25 de la Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y de los Regimenes Patrimoniales del Matrimonio...
Se cuenta con 15 dìas para realizar el asentamiento art. 28 de la misma ley, si ya transcurrieron los 15 dìas se puede asentar el nacimiento sin necesidad de resoluciòn judicial (Art. 16 mismo cuerpo legal)
Posteriormente se debe asentar la defunciòn ( art. 39)