Bueno cibernautas y colegas acá saludándolos de nuevo resulta que el día sábado me preguntaron que si una menor embarazada se puede casar con un adulto ambos salvadoreños… y por falta de tiempo ellos me dijeron que regresarían el martes a mi apartamento para ver que podíamos hacer porque les urgía saber si el futuro padre ira preso por estupro, solo me dejaron esa inquietud, y pues que mejor que compartirla con ustedes para que me ayuden a dar una respuesta convincente y lo mas real posible
Les planteo algunas preguntas que a mi se me ocurres y que tengo duda al dar mis respuestas ¿qué pasa con el padre(es decir el novio de la mucha), si la familia de la supuesta mama coinciden en dar el consentimiento para que esta se case?
¿Qué documentos tengo que pedirles para que estos presenten al notario? Cuantos testigos, algún poder especial o algo en particular
¿Que pasara cuando la menor llegue a la unidad de salud a recibir sus controles creen que es mejor en una clínica particular y no estatal?
¿En todo caso los padres tomaran represarías contra el novio que es lo más aconsejable?
Estas son algunas de mis preguntas espero me puedan ayudar para convencer al cliente
Hola, por aca te dejo una pista para que encuentres la respuesta que buscas, el matrimonio de una menor de edad con un adulto, es permitido por nuestra legislación siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos los cuales deveras de verificar en los artículos 11,12, 13, 14, 15, 18,19 y 20 del Código de Familia, y ojo la constancia médica de embarazo deberá ser de una Unidad de salud del sistema nacional de salud, o en su caso de un Hospital Nacional.
El siguiente usuario dijo gracias: a76v43v, Licda. Orellana, Bayona
Según veo, considero que el problema de esta persona, en este caso, está sobretodo en el Art. 18 CF.
Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.
se les agradece la respuesta ahora tengo una pregunta mas ¿no se esta cometiendo el delito de estupro? en este caso, si es afirmativa la respuesta que se puede hacer?
Colega tomándome el abuso d participar en tan delicado tema t diré si me lo permites claro esta, concretamente tu cliente no cae en el tipo penal del delito d estupro, ya q este requiere dl sujeto activo del delito una aptitud q demuestre un engaño q sea capaz de producir el coito,sin el cual el infractor no hubiera podido obtener tal fin, bueno allí termina el acto propiamente dicho de la figura utilizada por ti, pero la cosa cambia cuando existe un niño d por medio, y q no haya existido ese engaño, allí entra a jugar un papel importante la ficción legal d habilitar el consentimiento d la menor ( ojo no estoy refiriéndome al consentimiento para el matrimonio) si no para la relación sexual, a parte q entra en juego el interés superior del menor y la ley considera perjudicial para el bebe q su padre este en prisión, bueno respuesta clara no tengas temor casalos cumpliendo todos los requisitos claro y no tendrá problemas cn la ley no t preocupes, saludos...
heberth escribió: Colega tomándome el abuso d participar en tan delicado tema t diré si me lo permites claro esta, concretamente tu cliente no cae en el tipo penal del delito d estupro, ya q este requiere dl sujeto activo del delito una aptitud q demuestre un engaño q sea capaz de producir el coito,sin el cual el infractor no hubiera podido obtener tal fin, bueno allí termina el acto propiamente dicho de la figura utilizada por ti, pero la cosa cambia cuando existe un niño d por medio, y q no haya existido ese engaño, allí entra a jugar un papel importante la ficción legal d habilitar el consentimiento d la menor ( ojo no estoy refiriéndome al consentimiento para el matrimonio) si no para la relación sexual, a parte q entra en juego el interés superior del menor y la ley considera perjudicial para el bebe q su padre este en prisión, bueno respuesta clara no tengas temor casalos cumpliendo todos los requisitos claro y no tendrá problemas cn la ley no t preocupes, saludos...
Se te agradece ahora hare ver todos esos impaces y ya con estas respuestas que tnego me puedo defender a las inquitantes preguntas que tendran en tonces gracias a todos por mi parte sierro el tema pero si alguien quiere agregar mas seria bueno gracias a todos
Hola nuevamente, solo quiero recalcarte lo importante del consentiniento de los padres,y por escrito, en los artículos que te relacione anteriormente se encuentra ese dato.
PACO escribió: Hola nuevamente, solo quiero recalcarte lo importante del consentiniento de los padres,y por escrito, en los artículos que te relacione anteriormente se encuentra ese dato.
se le agradece colega para eso tendremos que intentar hablar con los padres de la menor para que aprueben el consentimiento si no se que se avesina una tormenta pero esperando que todo nos salga favorable
No se preocupe compañero q respecto del asentimiento d los padres no es al arbitrio ya la ley prevee los presupuestos por los q este s puede negar y los mecanismos en caso de ser asi, transcribo algunas bases. Art. 19.- La negativa del asentimiento para que un menor pueda contraer matrimonio, sólo se justificará cuando en cualquiera de los que pretendan contraerlo concurra alguna de las causas siguientes:
1a) Existencia de alguno de los impedimentos o prohibiciones para contraer matrimonio;
2a) Vida licenciosa, o pasión por los juegos prohibidos o afición al consumo de drogas, estupefacientes o alucinógenos, o embriaguez habitual;
3a) Haber sido privado de la autoridad parental, por sentencia ejecutoriada en un proceso penal o familiar;
4a) Padecer enfermedad que ponga en peligro la vida o la salud del menor o de su prole.
También podrá negarse el asentimiento por no tener ninguno de los dos medios económicos actuales para el competente desempeño de las responsabilidades del matrimonio.
Cuando la negativa fuere injustificada, el juez dará la autorización a pedimento del menor. SALUDOS
El siguiente usuario dijo gracias: a76v43v, Pasante