Hola, soy estudiante de derecho y me han dejado un caso que tengo que resolver... se los voy a pegar aqui para que cada quien me de sus opiniones o asesoria.
Juan tuvo un hijo con Ana, digamos que Juan se echo una canita al aire con Ana y nació Josesito.
Cuando aún Josesito estaba chiquitito, su mami, Ana empezo a tener una relación sentimental con Pablo.
Ana para no tener problemas con su actual pareja, le dijo a Juan que no se preocupara por Josesito, Pablo se iba a hacer responsable de la crianza de Josesito y asi es que Ana le pidio a Juan que ya no buscara a Josesito.
Pasaron los años y Juan emigro a Estados Unidos en busca de una vida mejor, cada vez que venia a El salvador intentaba tener contacto con Josesito pero era casi imposible.
Un dia Ana le llamo por telefono a Juan y le dijo que lo había demandado por alimentos. Juan preocupado le dijo que él no es que no le hubiera querido ayudar a Josesito sino que ella nunca se lo permitio. Juan le dijo que no habia razón de la demanda, entonces Ana retiro esa demanda.
Al final Juan cansado de la vida de Estados Unidos decidio venirse a su país El salvador, ya viviendo aca empezo a buscar nuevamente a Josesito, dicho sea de paso Josesito ya era todo un hombre. Josesito ya tenia la mayoria de edad.
Juan empezo a tener mas comunicación con Josesito y a convivir más con él, tanto así que de vez en cuando que Josesito le pedia dinero a Juan, el con todo gusto se lo daba.
Un día Pablo dejo a Ana y esta quedo sola y abandonada.
Ana decidio entonces demandar a Juan por pensión alimenticia, además pidio que se le pagara todo lo que Juan nunca le había dado a Josesito en toda su vida.
Preguntas:
1- Es procedente la demanda, si o no. POR QUÉ?
2- Puede Ana pedir alimentos para Josesito aunque este sea ya mayor de edad. si o no. POR QUÉ?
3- Desde su punto de vista que solución le encontraria al caso planteado.
4- Viendolo desde el punto de vista de Juan y de Ana. Quién de los cree que ganaria este caso?
La demanda de Ana, en contra del padre de su hijo ya mayor de edad, no es procedente (248 y 253 CF).
No pueden pedirse alimentos por parte de Ana, en su calidad de madre, porque de acuerdo a lo establecido en el art. 206 CF, ya no esta sujeto al Regimen de Autoridad Parental, por lo que la Representaciòn Legal ya no es procedente 223 CF
La tercera pregunta no la entiendo; porque no se que problema es el que se pretende resolver... Si son los alimentos a favor de "Josesito", este debera probar que los necesita y que cumple los requisitos exigidos en la ley (211 CF)
Y finalmente serìa Abogado de Juan, porque Ana, no tiene ningùn tipo de chance de ganar ninguna pretensiòn que se inicie en contra de Juan, principalmente porque ella no ejerce ya la representaciòn de su hijo...
Debo hacer menciòn a la parte donde se señala que Ana, retira la demanda, el concepto esta mal empleado; porque los alimentos son derechos indisponibles y los padres no pueden renunciar a ese derecho, es decir que por resoluciòn judicial solo operaba la declaratoria de no ha lugar, por no cumplir los extremos de la pretensiòn planteadas en la demanda, o porque no se evacuo alguna prevenciòn en forma...
Suerte....
El siguiente usuario dijo gracias: Guardado, Pasante, Bayona