MODELOS DE DEMANDA

22 Feb 2012 01:14 #1 por Chiquitita
MODELOS DE DEMANDA Publicado por Chiquitita
HOLA!!, saludos a la comunidad, quisiera que me ayuden con un modelo de demanda de reconocimiento forzoso de paternidad, necesito realizar una y tengo mis dudas de como hacerla, se los agredecere muchisimo

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22 Feb 2012 13:17 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: MODELOS DE DEMANDA
Suerte...

NEMA: PROCESO DE DIVORCIO.
POR SER INTOLERABLE LA VIDA EN
COMUN ENTRE LOS CONYUGES


SEÑOR JUEZ DE FAMILIA DE SOYAPANGO.-

xxxxxxxxxxxxx, mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador, portadora de mi Tarjeta de Identificación de Abogado número xxxxxxxxxxxxxxxs; con número de Identificación Tributaria xxxxxxxxxxxxxx; y con Documento Único de Identidad xxxxx; sin estar contemplada dentro de las inhabilidades establecidas en el artículo 67 de la Ley Procesal Civil y Mercantil, referente al ejercicio de la procuración a usted, con todo respeto EXPONGO:
Que tal como lo compruebo con el PODER JUDICIAL ESPECIAL, otorgado a mi favor de conformidad a lo establecido en el artículo once de la Ley Procesal de Familia, soy Apoderada de la señora JACQUELINE ESMERALDA SOSA DE JOVEL conocida por JACQUELINE ESMERALDA SOSA HERNANDEZ, de veinticinco años de edad, casada, Empleada, del domicilio de Apopa, departamento de San Salvador, portadora de su Documento Único de Identidad número cero tres millones quinientos cuarenta mil doscientos veinticuatro– cinco; y con residencia actual en Urbanización Valle del Sol, pasaje 16, block “E”, casa número 323, Apopa, lugar donde pueden realizarse todos los estudios que consideren necesarios efectuar los profesionales del Equipo Multidisciplinario adscrito a este tribunal y donde puede citarse a mi Mandante, cuando deba comparecer personalmente al mismo.-
Que con expresas instrucciones de mi mandante vengo a iniciar el PROCESO DE DIVORCIO, por la causal tercera del artículo ciento seis, siendo por ser INTOLERABLE LA VIDA EN COMUN ENTRE LOS CONYUGES, y en contra del señor ERICK ERNESTO JOVEL LOPEZ, quien es mayor de edad, Auxiliar contable, casado, del domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador, quien puede ser citado, notificado y emplazado en Colonia Bosques del Río, pasaje 40, grupo 43, casa 8, Soyapango, Departamento de San Salvador, a efecto que comparezca a este tribunal a ejercer sus derechos.-
Que baso las pretensiones de la presente demanda en los hechos siguientes:
I.- Que mi mandante contrajo matrimonio civil con el señor JOVEL LOPEZ, el once de mayo de dos mil siete; tal como lo compruebo con la Certificación de la Partida de Matrimonio, que presento.-
II.- Que de dicha unión matrimonial procrearon a ELIZABETH ABIGAIL, quien es de tres años de edad, y del domicilio y residencia actual igual al de mi mandante por ejercer ella de forma exclusiva la Guarda y Cuidado Personal de su menor hija; teniendo como pretensión accesoria que dicha situación se judicialice;
Sobre los derechos de su hija mi mandante desea que el cuidado personal de su menor hija, le sea otorgado a ella, ya que ella la ha cuidado desde que se separó del padre; y que solicita una cuota alimenticia de CINCUENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, cantidad que será depositada en la Procuraduría General de la República de forma mensual; En cuanto al régimen de visitas, comunicación y estadía, mi mandante solicita se realicen los estudios que correspondan a efecto de establecer la vialidad del régimen, porque según ella lo expresa el padre de su hija fue procesado penalmente por un delito.
III.- Que los esposos no cuentan con bienes muebles o inmuebles en común sobre los cuales deban disponer; Que los muebles que conforman el menaje familiar son de uso de su menor hija; y así se solicita que se establezca;
Que de igual forma la vivienda donde reside el grupo familiar es propiedad de mi mandante; se solicita desde ahora que se establezca la misma como de uso exclusivo de mi mandante y de su menor hija;
Que tampoco es procedente entre los cónyuges la Cuota Alimenticia Especial, ni la pensión compensatoria ya que ambos cónyuges subsisten con ingresos propios; ninguno de ellos adolece de minusvalía que le impida desenvolverse laboralmente, y tampoco existe declaratoria de incapacidad, que le impida generar ingresos propios, siendo en consecuencia independiente económicamente uno del otro.-
IV.- Que mi mandante narra una serie de episodios de violencia entre la pareja; Que dicha violencia tiene ya varios años de ser ejercida por el señor JOVEL LOPEZ, que esta inicialmente fue verbal, llegando a convertirse en física y sexual; Que mi mandante por temor nunca interpuso denuncia alguna principalmente porque la amenazaba con matarla a ella y a su familia y hacerse daño el mismo; Que los episodios de violencia verbal iban desde los insultos hasta las agresiones físicas como empujones, golpes, hasta el sometimiento por la fuerza a sostener relaciones sexuales; y además manifiesta mi mandante que debido a los celos del señor JOVEL LOPEZ, perdía los trabajos que tenía; y no le permitía a mi mandante visitar a su mamá;
Que el hecho detonante se da el 14 de febrero del presente año; fecha en la cual el señor JOVEL LOPEZ, puso unas balas encima del televisor de la casa, diciéndole que si lo dejaba la mataría a ella y a sus padres, es decir a los suegros de este, y que en presencia de la menor hija de la pareja se puso él, un cuchillo en el estomago diciéndole que se iba matar si lo dejaba; y que ella como pudo lo saco de la casa;
Que posteriormente fue a denunciarlo a la Oficina Fiscal de Apopa, por tener sospechas de haber tocado a la menor en sus genitales, y se le inició expediente bajo la Referencia 205-UMM1-11 por el delito de Agresión Sexual en menor e incapaz sobre su hija, y la Referencia 00105-UDMM-2011-AP por el delito relativo a Menores y Mujeres en su relación Familiar; ordenando la Fiscalía al Instituto de Medicina Legal evaluación Psicológica a la menor y a la madre, enviándola al ISDEMU y al Instituto de Medicina Legal, y ahí le realizaron una entrevista con la Psicóloga a su menor hija, de la cual manifiesta mi mandante que le dijo la profesional, que la niña fue tocada por el padre, que la niña ha descrito el miembro del padre, y que le dijo la niña a la profesional que su papá se lo pone en la boca;
Posteriormente la Oficina Fiscal de Apopa, inicia expediente y el mismo es presentado en el Juzgado de Familia de Apopa, bajo la Referencia AP-F-240(129)2,011.C5, se realiza la audiencia el día tres de marzo del presente año, en la que se le decretan al señor JOVEL LOPEZ, medidas cautelares por noventa días;
Que mi mandante reitera que a través de los años este señor ha inobservado de forma reiterada los deberes del matrimonio que dicha conducta ha quedado evidenciada por todas las actitudes narradas anteriormente; Que la conducta de este señor hacia ella es de irrespeto, falta de consideración; ha sido totalmente intolerante, y desconsiderado; y que incluso la convivencia entre los esposos ha resultado peligrosa poniendo en riesgo la vida de mi mandante y la de su menor hija y la suya propia; sin valorar el daño físico y psicológico que todo lo antes expuesto ha causado ya en la niña; quien ha tenido que ser atendida por especialistas del ISDEMU;
Presento para ser agregados al expediente originales y copias correspondientes de los documentos siguientes, para que una vez confrontados y de resultar conformes se agreguen los segundos en legal forma y se me devuelvan los primeros:
Poder Judicial Especial, otorgado a mi favor por mi mandante de conformidad de conformidad a lo establecido en el artículo once de la Ley Procesal de Familia, y cual legitimo la personería con la que actuó.-
Certificación de Partida de Matrimonio de los referidos cónyuges.-
Certificación de la Partida de nacimiento de cada uno de los cónyuges.-
Certificación de la Partida de nacimiento de la hija procreada en el matrimonio.
Copia de oficio S/N, Referencia 205-UMM1-11, emitido por la Fiscalía General de la República al Instituto de Medicina Legal, para que le hagan pruebas a su menor hija por el delito de Agresión Sexual en menor e incapaz por parte de su padre.
Copia de oficio en el que se decretan medidas cautelares al señor JOVEL LOPEZ, emitido por el Juzgado de Familia de Apopa, con Referencia AP-F-240(129)2,011.C5;
Copia simple del Documento Único de Identidad de mi mandante como de su tarjeta de identificación tributaria;
Copia simple del Documento Único de Identidad de mi mandante, así como de su tarjeta de identificación tributaria

De igual forma solicito que se libre oficio a la Oficina Fiscal de Apopa, de manera que se certifique lo que corresponda sobre los expedientes aperturados en contra del imputado ERICK ERNESTO JOVEL LOPEZ.
Así mismo y para cumplir con lo establecido en el artículo 122 del Código Tributario, vengo a anexar copia simple de mí:
- Documento Único de Identidad
- Tarjeta de Identificación de Abogado
- Tarjeta de Identificación Tributaria
A efecto de probar los extremos de mis pretensiones, ofrezco aportar la declaración de los testigos señoras ROSA NELY HERNANDEZ HERNANDEZ, quien es mayor de edad, Soltera, Ama de casa, del domicilio de Apopa, departamento de San Salvador, portadora de su Documento Único de Identidad número cero dos millones ciento cuarenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y nueve– cero; y KARLA JOHANNA MARTINEZ CRESPIN, quien es mayor de edad, soltera, Estudiante, del domicilio de Cuscatancingo, departamento de San Salvador, portadora de su Documento Único de Identidad número cero tres millones novecientos diecinueve mil doscientos seis- dos.-
Finalmente aclarar que los dos nombres que se consignan como los que corresponden a mi mandante, son de esa forma porque así aparecen en los diferentes documentos que se anexan a la demanda; pero que todos se refieren a una sola persona que es mi mandante;
Por todo lo anteriormente expuesto y basándome en lo dispuesto en el artículo ciento seis, causal tercera, del Código de Familia; once; y cuarenta y dos de la Ley Procesal de Familia, con el mismo respeto PIDO:
a.- Me admita la presente demanda.-
b.- Me tenga por parte en el carácter en que comparezco.-
c.- Cite, notifique y emplace al señor JOVEL LOPEZ, a efecto que comparezca a este tribunal a ejercer sus derechos.-
d.- Se decreten medidas cautelares a favor de mi mandante y de su menor hija señor JOVEL LOPEZ, específicamente las contempladas en el artìculo 130 de la Ley Procesal de Familia, enunciadas en los literales a), b)
e.- Cumplidas las fases del proceso que establece la ley, y posterior a la aportación y valoración de la prueba en Sentencia, se decrete el divorcio por configurarse la causal tercera del artículo ciento seis del Código de Familia, es decir por SER INTOLERABLE LA VIDA EN COMUN ENTRE LOS CONYUGES; Se ordene en consecuencia la disolución del vínculo matrimonial, se libre el oficio correspondiente a fin de que se cancele la Partida de Matrimonio, y se anote por separado la de divorcio, y se hagan las marginaciones y modificaciones de ley.-
f.- Sobre el derecho de la menor hija del matrimonio se establezca que la Guarda y Cuidado Personal de la misma será ejercido por mi mandante; en consecuencia será ella quien ejercerá la Representación Legal de la misma;
En cuanto al Régimen de Visitas, Comunicación y Estadía; que el honorable tribunal determine lo pertinente; y la cantidad que en concepto de Alimentos deba el obligado aportar a favor de su hija sea de CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; que los mismos sean descontados del salario que este percibe en XXXXXXXX
g.- Se me extienda Certificación de la Sentencia, una vez ejecutoriada la misma.-
Así mismo comisiono a la señorita DANIELLA MARÍA HERNANDEZ ANDRADE, quien es mayor de edad, Estudiante de Ciencias Jurídicas, de este domicilio, portadora de su Documento Único de Identidad número cero cero doscientos quince mil doscientos setenta y nueve- ocho; para que pueda presentar o retirar cualquier documentación en el proceso que se iniciará; así como para que pueda recibir citas y notificaciones a mi nombre.
Señalo para oír notificaciones y citaciones tanto para mi Mandante, los testigos propuestos, como mi persona el fax xxxxxxxxxxxxx
San Salvador,
de junio de dos mil once.-
El siguiente usuario dijo gracias: Pirinola

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22 Feb 2012 17:47 #3 por Chiquitita
Respuesta de Chiquitita sobre el tema Re: MODELOS DE DEMANDA
gracias por este modelos de demanda, pero si tienes o un modelo de demanda judicial de paternidad me ayudaria mucho, es el caso que el padre x es un medico muy reconocido en el lugar y esta casado, no quiere reconocer al niño y ademas no quiere ayudarle economicamente, te lo agradeceria mucho.

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22 Feb 2012 18:01 #4 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: MODELOS DE DEMANDA
:laugh: :laugh: :laugh: :laugh:
Perdon no lei bien....

Haaaaa¡¡¡¡ la edad y el cansancio...
Pero ahì va un formato..

NEMA: PROCESO DE DECLARATORIA
JUDICIAL DE PATERNIDAD
INDEMNIZACIÒN POR DAÑO MORAL Y
ALIMENTOS


SEÑORA JUEZA DE FAMILIA.-

XXXXXXXX, mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Mejicanos, portadora de mi tarjeta de identificación de abogado número XXXXX, con Documento ûnico de identidad nùmero xxxx y con Tarjeta de identificaciòn tributaria nùmero xxxx sin estar contemplada dentro de ninguna de las inhabilidades referentes al ejercicio de la procuración, establecidas en el artículo 67 del Código de Procedimientos Civiles y Mercantiles, a usted, con todo respeto EXPONGO:
Que tal como lo compruebo con el Poder Judicial Especial, otorgado a mi favor de conformidad a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Procesal de Familia, soy APODERADA JUDICIAL ESPECIAL, de la señora CLARA MERCEDES AQUINO MANCIA, de cuarenta y ocho años de edad, estudiante, del domicilio de esta ciudad, soltera, portadora de su Documento Unico de Identidad número cero un millón setecientos veinticinco mil ciento treinta y siete – nueve, con residencia actual en Montes de San Bartolo 4, pasaje 5, polígono 10, casa número 17, Soyapango, lugar donde pueden realizarse todas las investigaciones que consideren necesarias efectuar los profesionales del equipo multidisciplinario adscrito a este tribunal, y donde puede citarse a mi mandante cuando deba comparecer personalmente al mismo.-
Que con expresas instrucciones de mi mandante y actuando ella en su calidad de Representante Legal de su menor hijo DENIS ENRIQUE, quien es de siete años de edad, estudiante, y quien esta bajo la Guarda y Cuidado Personal de mi mandante, vengo a demandar en PROCESO DE DECLARATORIA JUDICIAL DE PATERNIDAD, INDEMNIZACION POR DAÑO MORAL, Y ALIMENTOS, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 149, 150, 247, 248, numeral 2, del Código de Familia, en contra del señor JOSE MAURICIO SUAREZ ZELAYA, quien es mayor de edad, empleado, casado, de est domicilio, quien puede ser citado, notificado y emplazado en el Decanato de la Facultad de Humanidades, de la Universidad de El Salvador, ubicado en final veinticinco avenida norte, frente al Edificio de ANDA, antes IVU, en esta ciudad.-
Que baso las pretensiones de la presente demanda en los hechos siguientes:
I.- Que mi mandante es la madre biológica de DENIS ENRIQUE, de generales antes expresadas, tal como lo compruebo con la Certificación de Partida de Nacimiento que presento.-
II.- Que mi mandante conoció al señor JOSE MAURICIO SUAREZ ZELAYA, de generales ya expresadas desde que el mes de febrero de mil novecientos noventa y cinco, época en la cual viajaban en el mismo autobús, cuando se dirigían a trabajar.- Que iniciaron relaciones sexuales con el expresado señor SUAREZ, entre el mes de marzo y abril de ese mismo año, relaciones que sostuvieron hasta el mes de enero de mil novecientos noventa y seis; Que a consecuencia de esas relaciones quedo embarazada del menor al que antes me referí quien nació el día veintinueve de agosto de mil novecientos noventa y seis.-
III.- Que el señor SUAREZ, tiene conocimiento de la existencia del menor, ya que en mil novecientos noventa y ocho, se tramito proceso de declaratoria judicial de paternidad en el Juzgado de Familia de Soyapango, en dicho proceso se declaro no ha lugar la pretensión de la parte actora porque no se lograron probar las relaciones sexuales en la época de concepción de la pareja, siendo ese el fundamento principal de la Jueza, que conoció aquel proceso; existiendo error por parte de la Abogada que tramito aquel proceso y de la Titular del tribunal, quien no ordena de oficio la prueba científica de ADN.-
IV.- Que a raíz de ese proceso el señor SUAREZ, inicio relaciones con el menor, a quien presento a sus compañeros de trabajo como “su hijo”, reconociendo aquellos que entre ellos existen las relaciones propias de padre e hijo, Que desde mil novecientos noventa y nueve el señor SUAREZ, aporta a mi mandante la cantidad de QUINCE DOLARES MENSUALES, cantidad que le es entregada en efectivo y en algunas ocasiones en presencia de los compañeros de trabajo, ya que el pago siempre se realiza en el lugar de trabajo del señor SUAREZ.-
V.- Que confiando mi mandante que la actitud del señor SUAREZ, había cambiado con relación a DENIS ENRIQUE, le pide lo reconozca, negándose a otorgar tal reconocimiento alegando que no quería que le descontarán de su salario por Cuota Alimenticia, ya que eso le traería problemas en su matrimonio; expresándole que su esposa no conoce la existencia del menor, lo cual es falso; ya que también se intento con ayuda de la actual esposa del demandado que se otorgará el reconocimiento; ante tal actitud mi mandante promueve diligencias de RECONOCIMIENTO PROVOCADO, en el Juzgado Segundo de Familia clasificado como expediente SSF2 – 183 – 146 – 03 /ERL, en dichas diligencias se interpuso incidente de improponibilidad alegando cosa juzgada relacionándose el proceso de Soyapango clasificado como SYF - 1016 – 148 – 97.-
Que dicha excepción se declara no ha lugar fundamento la Titular del tribunal que en aquel proceso de Soyapango, se pretendía establecer la filiación paterna comprobando las relaciones sexuales en el período de concepción de DENIS ENRIQUE, hechos que como antes lo anote no se probaron, teniendo como consecuencia una sentencia desestimatoria; pero al analizar el artículo 149 del Código de Familia, este dice que la paternidad será declarada por el Juez, con relación a diferentes hechos que pueden invocarse separadamente, en el caso referido fueron las relaciones sexuales que no se probaron; pero a partir del mes de octubre de 1999, fecha posterior a la sentencia y hasta el mes de noviembre de dos mil tres el demandado le proporcionaba cantidad de dinero en concepto de Cuota Alimenticia, al menor y así mismo existen manifestaciones que podrían configurar una posesión de estado (otro motivo por el cual se puede invocar la declaración judicial de paternidad), por lo que pareciera que posterior a la Sentencia, tal como se ha dicho el demandado esta teniendo actitudes que podrían inferir una posesión de estado, desde luego tendría que probarse el caso al promover el proceso respectivo, lo cual hago en los presentes términos.-
En relación con la cosa Juzgada, que se alego efectivamente debe existir identidad en las personas, los hechos y las acciones, sin embargo en el caso que nos ocupa, han surgido otros hechos diferentes o sobrevivientes a la sentencia, que podrían desnaturalizar los efectos de la cosa juzgada.-
Que el día de la celebración de la audiencia en las diligencias de reconocimiento provocado; la sorpresa de mi mandante fue grande cuando el señor SUAREZ, negó conocerla y negó conocer al niño, además se negó a realizarse la prueba científica de ADN.-
VI.- Que en ese orden de ideas es necesario expresar que el demandado a continuado aportando la Cuota Alimenticia a favor del menor; lo cual había tranquilizado a mi mandante, ya que este señor incremento la Cuota hasta CUARENTA DOLARES, pero desde el mes de noviembre de dos mil tres este señor se ha negado a aportar ayuda alguna para DENIS ENRIQUE, al grado tal que el niño no fue matriculado para este año, por falta de recursos económicos y en una escuela pública por saturación de cupo, por lo que mi mandante por mi medio y actuando ella en su carácter de representante legal de DENIS ENRIQUE, es que viene a iniciar este proceso fundamentando la pretensión en los hechos antes expresados.-
Debe tomarse en cuenta que la Jurisprudencia en Derecho de Familia, al referirse a procesos de establecimiento de filiación valora la prueba idónea que es la científica, debe considerarse además que la negativa del demandado ha someterse a la práctica de los exámenes biológicos, constituye un elemento de mayor peso específico en comparación con otros indicios; cabe entonces aquí anotar el axioma: “Quién no quiere develar la verdad, algo tiene que ocultar”.-
Debo subrayar que ante las conductas del demandado se desnaturaliza la cosa juzgada lo cual permitirá que con la admisión de la presente demanda se establezca finalmente la filiación paterna de DENIS ENRIQUE, ya que el motivo que aquí invoco es la POSESION DE ESTADO DE HIJO, tal como se encuentra establecido en el artículo 198 del Código de Familia.-
VI.- Que en razón de lo anterior solicita que una vez declarada la paternidad y establecida la filiación paterna se le asigne la cantidad de CIEN DOLARES MENSUALES, en concepto de Cuota Alimenticia, los cuales desde ahora solicita le sean descontados por el sistema de retención, ordenando el correspondiente descuento por planilla, y del salario que devenga en su calidad de empleado de la Facultad de Humanidades de la Universidad de El Salvador; Que siendo el daño moral suficientemente comprobado ante la existencia del hecho de no existir reconocimiento, y siendo por criterio establecido en la Doctrina y en la jurisprudencia, sustentado en las resoluciones de la Honorable Cámara de Familia, es procedente la Indemnización en casos como el presente con el solo hecho de la existencia del no-reconocimiento, lo cual se agrava ante la actitud que él demandado tiene cuando es confrontado por autoridad judicial, llegando incluso a decirle al niño que no lo conoce y que no se le acerque; agravándose la situación de DENIS ENRIQUE, porque la conducta de su padre ha concluido en el abandono de la educación primara, violentándole también ese derecho por lo que solicito que en sentencia exista pronunciamiento sobre lo mismo y que posterior a los estudios que se realicen se establezca la cantidad de SEIS MIL DOLARES, a razón de TRES MIL DOLARES, para mi mandante y TRES MIL DOLARES, para el menor en concepto de INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL , fijándose en Sentencia que esta puede ser cancelada por medio de Cuotas, que deberán sumarse a la cantidad que se asigne en concepto de Alimentos.-
Anexo a la presente el original y copias correspondientes de los siguientes documentos para que una vez confrontados y de resultar conformes se me devuelvan los primeros y se agreguen en legal forma los segundos:
Poder General Judicial, con el cual legitimo la personería con la que actúo.-
Copia Certificada de la Certificación de la Partida de Nacimiento del menor DENIS ENRIQUE.-
Ofrezco aportar la declaración de las testigos señora MARÍA ANITA AQUINO RAUDA, quien es mayor de edad, empleada, del domicilio de esta ciudad, portadora de su Documento Unico de Identidad número cero cero trescientos treinta y siete mil ochocientos noventa y tres – uno; y señora ROSARIO GUADALUPE RODRIGUEZ DE MARMOL, quien es mayor de edad, empleada, del domicilio de Soyapango, portadora de su Documento Unico de Identidad número cero dos millones doscientos cuarenta y cuatro mil trescientos setenta y seis – uno; señora YANIRA LISBETH BURGOS DE GUEVARA, quien es mayor de edad, secretaria ejecutiva, del domicilio de esta ciudad, portadora de su Documento Unico de Identidad número cero dos millones doscientos cuarenta y cuatro mil trescientos setenta y seis – uno.-
Por todo lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 149, 150, 198, 248, numeral 2, del Código de Familia; 11, 42 y 140 de la Ley Procesal de Familia, a usted con todo respeto PIDO:
a.- Admitirme la presente demanda.-
b.- Tenerme por parte en el carácter en que comparezco.-
c.- Cite, notifique y emplace al señor JOSE MAURICIO SUAREZ ZELAYA, en la dirección que para tal efecto he anotado, para que comparezca a ejercer sus derechos.-
d.- Ordene la práctica del examen científico del ADN, a efecto de verificar de manera inequívoca la filiación paterna del menor DENIS ENRIQUE, con relación al señor JOSE MAURICIO SUAREZ ZELAYA, librando el oficio que corresponda Debo además agregar que mi mandante es una persona de escasos recursos económicos, por lo que solicito que el costo del examen sea asumido por la Honorable Corte Suprema de Justicia.-
e.- Posterior a la aportación y valoración de la prueba en Sentencia, se establezca que el señor JOSE MAURICIO SUAREZ ZELAYA, es el padre biológico del menor DENIS ENRIQUE.-
f.- Una vez establecida la filiación paterna, realizados los estudios por parte de los profesionales del equipo multidisciplinario adscrito a este tribunal, establecidas las necesidades del menor, así como la capacidad económica del demandado se asigne la cantidad de CIEN DOLARES MENSUALES, en concepto de Cuota Alimenticia, cantidad que deberá ser descontada del salario que devenga el expresado señor JOSE MAURICIO SUAREZ ZELAYA.-
Finalmente, que haya pronunciamiento sobre la INDEMNIZACION POR EL DAÑO MORAL , ocasionado a mi mandante y a su menor hijo, estableciéndose la cantidad de SEIS MIL DOLARES, a razón de TRES MIL DOLARES, para mi mandante y TRES MIL DOLARES, para el menor fijándose en Sentencia que ésta puede ser cancelada por medio de Cuotas, que deberán sumarse a la cantidad que se asigne en concepto de Alimentos.-
g.- Me extienda Certificación de la Sentencia que se pronuncie una vez ejecutoriada la misma.-
Y para darle cumplimento a lo establecido en el artìculo 122 del Còdigo Tributario anexo a la presente copia simple de mi:
1. 1.Documento Unico de Identidad
2. Tarjeta de Identificacion Tributaria
3. tarjeta de identificacion de Abogado
Señalo para oír notificaciones y citaciones para mi mandante, los testigos propuestos y mi persona el fax donde puede ser recibidos por ; Así como
San Salvador, veintiocho de enero de dos mil
El siguiente usuario dijo gracias: absuelto

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22 Feb 2012 18:08 - 23 Feb 2012 05:28 #5 por lesterivas
Respuesta de lesterivas sobre el tema Re: MODELOS DE DEMANDA
Bueno amiga, para solucionar tu problema te envío una solicitud de reconocimiento provocado establecido en el art. 146 del cod. familia, te aclaro que no es una demanda ya que este caso se realiza vía jurisdicción voluntaria, para verificar mis palabra tú puedes leer el art. 143 procesal de F. ahí encontraras el tramite y el mismo art. te remite a la jurisdicción voluntaria cuando te dice sobre la presentación de la solicitud, ademas esta solicitud debe cumplir algunos requisitos de la demanda, esto lo compruebas leyendo el art. 180 prf.

espero te sirva esta informacion.

Atentamente:

Lesterivas

RIVAS
Adjuntos:
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, Pirinola, eyalfaro

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22 Feb 2012 18:40 #6 por Chiquitita
Respuesta de Chiquitita sobre el tema Re: MODELOS DE DEMANDA
gracias, pero me surge una duda, el monto que se pide de indemnizacion y de cuota alimenticia va de acuerdo al salario del padre o de las facilidades economicas y es asi que uno solicita el monto o es que realizan un estudio economico al padre?, porque tengo entendido que el padre del niño tiene facilidades economicas y gana bien

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22 Feb 2012 18:55 #7 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: MODELOS DE DEMANDA
Existen diferentes criterios a la hora de "poner" una cantidad de dinero en concepto de Indemnizacion por Daño Moral...

Uno de los criterios es la edad del menor... Se dice que un bebe de dos años, ha sufrido menos que uno de once años; porque a este ùltimo se la privado de contar con filiaciòn paterna; pero ha tenido màs conciencia de ello, precisamente por la edad... Lo que implica que un bebe de dos años, no entiende lo mismo que un niño de once años (lògico vea)

Ahora esta la capacidad econòmica del obligado... Cuando se trata de la indemnizaciòn y como esta puede ser pagada en cuotas; pesa mucho la capacidad economica actual... No se le puede pedir lo mismo a un jornalero que a un mèdico; O a un mèdico, sin patrimonio; Que a un jornalero que posea patrimonio...

En este paìs no siempre la profesiòn implica capacidad economica...

Y la cantidad en concepto de cuota alimenticia, se asigna tomando en cuenta la necesidad del menor y la capacidad actual del obligado... No se le puede asignar una cantidad exagerada cuando en el menor se invierte un promedio de cien dolares mensuales; y por el contrario si el nivel de vida del menor esta por encima de esos cien dolares, la ley establece que los padres deben aportar en proporcion a sus ingresos; y casi siempre cuando los padres perciben ingresos similares, se le asigna al obligado el 50% del total...
Solo que a esa cantidad se le debera sumar la cantidad de la indemnizaciòn...

Ojo... No se dejen meter gol... y aceptar que la cuota alimenticia y la indemnizaciòn es lo mismo... Una es para pagar los alimentos y otro es el pago por el daño moral causado... Y por favor... NUNCA renuncien a la indemnizacion por muy atractiva que les parezca la cuota alimenticia... No es justo..

Sugiero la lectura de sentencias de Camara de Familia, y conoceran mejor los parametros de asignaciòn de cantidades de dinero.. Y por supuesto que se hace un estudio social... Pero es importante proporcionar a los profesionales del equipo multidisciplinario elementos que abonen a nuestras pretensiones; y si se puede presentar prueba documental MEJOR...

Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: Chiquitita, A_Giron, SUPSY

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23 Feb 2012 02:03 #8 por Ugo_Rocco
Respuesta de Ugo_Rocco sobre el tema Re: MODELOS DE DEMANDA
Que buen comentario NVRamirez!
El siguiente usuario dijo gracias: NVramirez, heysel

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28 Feb 2012 01:16 #9 por Chiquitita
Respuesta de Chiquitita sobre el tema Re: MODELO DEMANDA DE RECONOCIMIENTO JUDICIAL
HOLA!! amigos del foro de salvador lex, me ha surgido otra duda en esta demanda de reconocimiento judicial de paternidad, es ¿ en que momento se solicita al tribunal la anotacion preventiva de bienes del demandado (sera en la misma demanda)?

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28 Feb 2012 02:47 #10 por Estela
Respuesta de Estela sobre el tema Re: MODELO DEMANDA DE RECONOCIMIENTO JUDICIAL
SI EN LA MISMA DEMANDA PODES SOLICITARLO....

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28 Feb 2012 13:57 #11 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: MODELO DEMANDA DE RECONOCIMIENTO JUDICIAL
Depende...

Lo correcto es solicitarla en la demanda; pero algunos tribunales son del criterio que el derecho que se ventila aun no se establece; en cuanto que el derecho a recibir alimentos o el pago de la indemnizaciòn resulta precisamente del resultado positivo del ADN; y pues este no se conoce y se resuelve hasta la audiencia de sentencia; Peroooo... No se puede pedir hasta esa etapa procesal esa medidas... Y me refiero a la anotaciòn preventiva de la demanda o aquellas medidas que pretenden "controlar" el patrimonio del presunto padre; o la misma certeza que este no saldra del paìs para evitar el proceso...

Entonces resulta un poco dificil "distinguir" cuando se pueden pedir... Por experiencia, se utiliza aquella frase de "BAJO LA EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE MI MANDANTE", se solicitan las siguientes medidas de protecciòn.... y se enuncian... He tenido procesos donde la restricciòn migratoria no ha sido decretada; pero SI solicitada y el presunto padre "desaparecio"...

La ventaja ahora son los derechos que se originan de la aplicaciòn de la LEPINA, entonces seria recomendable invocar esos derechos... y plasmar en la demanda todo aquello que beneficie a nuestras pretensiones por ejemplo: Si este presunto padre aùn sin haber reconocido legalmente al menor, realizo actos propios del ejercio de la autoridad parental, como proveer alimentos, presentarlo a sus familiares, amigos o vecinos como su hijo, existe una mayor probabilidad que se decreten las medidas solicitadas...

Las medidas enunciadas y que sin lugar a dudas si decretaran son aquellas originadas del literal a) del artìculo 130 LPF

Suerte....
El siguiente usuario dijo gracias: mariaceleste, absuelto, A_Giron

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