haca hay un modelo de cancelacion de marginacion pero tiene que causarle un agravio jurididco el utilizar este nuevo apellido espero le sirva
SEÑOR JUEZ DE FAMILIA
JOSE SALVADOR CAZUN, Abogado y Notario, de cuarenta y seis años de edad, de los domicilios de Santa Ana y Sonsonate, con Documento Único de Identidad numero cero cero ocho siete nueve cuatro cinco cuatro guión ocho, sin ninguna de las inhabilidades señaladas en el Art. 99 del Código de Procedimientos Civiles; a usted con todo respeto EXPONGO:
PERSONERIA
I- Que tal como lo compruebo con el testimonio de Escritura Matriz de PODER GENERAL JUDICIAL, soy apoderado de la señora GLORIA MAGDALENA AREVALO BELTRAN, conocida por MAUDA GLORIA AREVALO BELTRAN, y por MAUDA GLORIA BELTRAN AREVALO, quien es de cincuenta y tres años de edad, Empleada, del domicilio de Armenia, departamento de Sonsonate, y del domicilio de Baltimore, Estado de Mariland, Estados Unidos de América; actualmente con residencia en Colonia Santa Beatriz, Polígono A, casa numero dieciocho, Cantón Copapayo, jurisdicción de Armenia, departamento de Sonsonate; el cual presento en original y sus respectivas copias.-
RELACION DE LOS HECHOS
Manifiesta mi poderdante que siempre ha utilizado el nombre de MAUDA GLORIA AREVALO BELTRAN, por aparecer así, en la PARTIDA NUMERO SESENTA Y UNO, FOLIO CINCUENTA Y OCHO, LIBRO UNO DE PARTIDAS DE NACIMIENTO que la Alcaldía Municipal de Sacacoyo llevo en el año de mil novecientos cincuenta y cuatro; pues siempre en las diferentes certificaciones de partida de nacimiento, que solicitaba en la Alcaldía Municipal de la Villa de Sacacoyo, A mi cliente le parecía totalmente normal que su nombre y sus apellidos apareciesen como enmendados, al parecer, con aplicación de corrector; obviamente un error de los empleados del Registro del Estado Familiar de dicha municipalidad, al aplicar corrector a un registro que solo puede ser modificado por orden de un Juez o por actos jurídicos otorgados ante Notario o autoridad que por disposición de la ley autoriza actos modificativos del estado familiar.-
La aplicación de corrector, obedeció a querer adecuar los apellidos de mi mandante, pero como ya se dijo, ha sido un error motivado por ignorancia.
Esta ignorancia provoca una ineficacia jurídica, la cual "consiste en que el acto jurídico no produce los efectos que normalmente debería producir, debido a que carece de alguno o algunos de los requisitos internos o externos que la ley exige para su eficacia. Algunas veces se le identifica como el de nulidad, otras con el de inexistencia o anulabilidad, etc., en el caso subjudice, se trata de una causa sobreviviente de ANULABILIDAD
Cuando mi mandante se presenta a las Oficinas del DUICENTRO, situadas en esta ciudad, le informan que en el sistema tienen registrado el asiento de nacimiento de mi representada con un solo apellido y no con dos, como le aparece en la certificación de Partida de nacimiento alterada, como antes se ha relacionado. Ahí mismo le proporcionan una copia del sistema en donde aparece el asiento de nacimiento original (EN COPIA DE MICROFILM), en el cual se puede advertir claramente que mi mandante es nominada, como MAUDA GLORIA BELTRAN, que es el asiento que se debe reponer por orden judicial.-
En un Problema semejante se encuentra el hijo de mi mandante, el joven CESAR YONATAN PAZ BELTRAN, quien también se presento al mismo DUICENTRO, en donde le manifestaron que no le pueden entregar el DOCUMENTO UNICO DE IDENTIDAD, dado que el nombre de la madre que le aparece consignado en su respectiva partida de nacimiento numero OCHENTA Y OCHO, del Libro de partidas de nacimiento que la Alcaldía Municipal de Sacacoyo llevo en el año de mil novecientos ochenta y siete es MAUDA GLORIA BELTRAN AREVALO DE PAZ, el cual no corresponde con el nombre de la madre que aparece registrado en el sistema, tal como aparece en el referido microfilm.-
PRETENSION
Que no siendo legal la posesión de UN ASIENTO DE NACIMIENTO ALTERADO, y siendo que la única autoridad facultada para intervenir en los hechos y actos jurídicos constitutivos, modificativos o extintivos del estado familiar de las personas naturales es la autoridad judicial, lo que responde a la calidad de orden público de los asientos; por tanto en interés de mi mandante, vengo a promover DILIGENCIAS DE NULIDAD O ANULABILIDAD (en el supuesto jurídico que contempla el Art. 138 Código de Familia., la ineficacia y la nulidad coexisten) DEL ASIENTO NUMERO SESENTA Y UNO, FOLIO CINCUENTA Y OCHO, LIBRO UNO DE PARTIDAS DE NACIMIENTO que la Alcaldía Municipal de Sacacoyo llevo en el año de mil novecientos cincuenta y cuatro; RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO NUMERO CIENTO DIECISEIS, que corresponde al joven CESAR YONATAN PAZ BELTRAN, asentada a folios doscientos setenta y cuatro del Libro UNO de Partidas de Nacimiento que la Alcaldía Municipal de Sacacoyo, llevo en el año de mil novecientos ochenta y siete, por haber error en el nombre de la madre, el cual aparece como MAUDA GLORIA BELTRAN AREVALO DE PAZ, y el mismo no corresponde con el nombre original del asiento de nacimiento de mi mandante; con base en los Arts. 187 Inc. 1, 196 inc. 2, y 193 del Código de Familia; Art. 17 lit. a), 20, 21 y 22 de la LEY TRANSITORIA DEL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR Y DE LOS REGIMENES PATRIMONIALES DEL MATRIMONIO.-
OFRECIMIENTO Y DETERMINACION DE LA PRUEBA:
PRUEBA DOCUMENTAL:
a) El Testimonio de Escritura Matriz de Poder General Judicial a mi favor, con el cual compruebo mi personería;
b) conforme a lo que disponen los Arts. 44 y 42 literal f) de la Ley procesal de Familia, se ofrece la certificación de partida de nacimiento número SESENTA Y UNO, FOLIO CINCUENTA Y OCHO, LIBRO UNO DE PARTIDAS DE NACIMIENTO que la Alcaldía Municipal de Sacacoyo llevo en el año de mil novecientos cincuenta y cuatro, correspondiente a mi mandante;
c) Copia del asiento original de la referida partida, que lleva la empresa DOCUSAL EN SU SISTEMA;
d) Certificación de partida de nacimiento numero OCHENTA Y OCHO, del Libro de Partidas de Nacimiento que la Alcaldía Municipal de Sacacoyo llevo en el año de mil novecientos ochenta y siete, que corresponde al joven CESAR YONATAN PAZ BELTRAN;
f) Dos FORMATOS DE APLICACIÓN para el Documento Unido de Identidad a nombre de mi mandante y de su hijo, expedidos por el DUICENTRO de esta ciudad.-
g) DOS ACTAS DE SUSPENSIÓN DE TRAMITE, a nombre de mi mandante y de su hijo, expedidos por el DUICENTRO de esta ciudad
PRUEBA TESTIMONIAL: Si fuese necesario, por considerarlo así su señoría, Ofrezco para probar los extremos de mi demanda el testimonio de los señores JOSE EDGARDO GONZALEZ, de setenta y cuatro años de edad, Comerciante; y ALBERTO FLORES ROJAS, de setenta y cinco años de edad, Pensionado o Jubiliado. Ambos del domicilio de Sacacoyo, departamento de LaLibertad, quienes pueden ser citados, en el lugar que señalo para oír notificaciones.-
Por lo antes expuesto a usted le PIDO:
Admitirme la presente solicitud, la prueba ofrecida, y programe fecha para la respectiva audiencia de sentencia.-
Tener por parte a la señora GLORIA MAGDALENA AREVALO BELTRAN, conocida por MAUDA GLORIA AREVALO BELTRAN, y por MAUDA GLORIA BELTRAN AREVALO, y a mi persona como su apoderado.-
Que en sentencia definitiva se declare la nulidad de la Partida de Nacimiento numero SESENTA Y UNO, FOLIO CINCUENTA Y OCHO, LIBRO UNO DE PARTIDAS DE NACIMIENTO que la Alcaldía Municipal de Sacacoyo llevo en el año de mil novecientos cincuenta y cuatro, correspondiente a mi mandante; y consecuentemente ordene la REPOSICIÓN del asiento en referencia, en los mismos términos del asiento original, cuya copia de microfilm ha sido presentada.-
Se declare que existe error en el asiento de partida de nacimiento del hijo de mi mandante, la cual esta asentada bajo el numero CIENTO DIECISEIS DEL LIBRO DE PARTIDAS DE NACIMENTO QUE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE SACACOYO, llevo en el año de mil novecientos ochenta y siete, en el sentido de no haber consignado correctamente el nombre de su madre.-
Señalo para oír notificaciones el telefax 24503647 o La Residencial Asturias, senda “TALAVERA”, Oriente, Polígono “G”, Casa número Cincuenta y uno, de esta ciudad, lugar donde también solicito que sea citado mi poderdante, y los testigos ofrecidos.-
Santa Tecla, a los siete días del mes de marzo de dos mil ocho.-