¿POR QUE HAY QUE CERTIFICAR, EL ESTADO DE UNA MUJER RECIÉN DIVORCIADA, PARA QUE CONTRAIGA MATRIMONIO NUEVAMENTE?
LIC. CARLOS ALBERTO FLORES VÁSQUEZ
ABOGADO Y NOTARIO
OFICINA JURIDICA HERMANOS FLORES & ASOCIADOS
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Última Edición: 08 Dic 2011 20:10 por Carlos Flores.
Entiendo que es para los efectos que prescribe el Código de Familia:
"REGLA ESPECIAL EN CASO DE NUEVO MATRIMONIO
Art. 17.- La mujer cuyo matrimonio ha sido disuelto o anulado, podrá contraer nuevas nupcias, inmediatamente que quede ejecutoriada la sentencia respectiva, siempre que comprobare que no esta embarazada.
Con todo, lo establecido en este artículo no será aplicable cuando los cónyuges hubieren estado separados por más de trescientos días o se haya decretado el divorcio por separación absoluta.
Hay que luchar por la honradez siempre, para estar en paz consigo mismo.
Respuesta de Carlos Flores sobre el tema Re: familia
¿Pero esto es para la protección del menor, o para saber quien es el que la embarazo a ella?
LIC. CARLOS ALBERTO FLORES VÁSQUEZ
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Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: familia
Bueno ese articulo es una presuncion a favor del ex esposo, dado que la el legislador preveé la posibilidad que la mujer pueda haber tenido relaciones sexuales con el esposo aún después de haberse divorciado, pues sucede que en ocasiones las parejas no se separan definitivamente, entonces se estableció esa presunción basado en la posibilidad de que la mujer este embarazada o aún este teniendo relaciones sexuales con el ex esposo, si resulta embarazada entonces se presume que ese hijo es del ex esposo. Espero haber aclarado la duda. Tal es asi que el último inciso dice que no se aplicará lo dispuesto por el artículo citado, si estos se han separado por mas de 300 dias o se hubiese declarado el divorcio por separacion absoluta, pues ahi es claro que no tienen ya de que ver, sexualmente hablando.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.