Alquiler de casa sin aceptación de herencia

12 Sep 2019 20:00 #1 por roblop
Resulta que me involucre a realizar contrato de alquiler de una vivienda con una persona cuya esposa y propietaria falleció, con antelación me indico que vivienda estaba en iniciar proceso de iniciar aceptación de herencia y que el tenía representacion suficiente para alquilar inmueble mientras se completa trámite, hicimos contrato , me mudo en un par de días y ahora resulta que un hijo de ellos cambio chapa por la fuerza y usando policía saco bienes de antiguo inquilino; es legal este contrato que he hecho o estoy en mi facultad de mandar al carajo a la policía por si llegarán al mudarme? Que pasa con el hijo y otra persona si llega a reclamarme abandone el inmueble ? Tengo entendido el alquiler es legal porque no hay traspaso de titularidad del bien. Alguien. Que me diga que hacer?

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

13 Sep 2019 08:26 #2 por ABOGADONOTARIOES
Respuesta de ABOGADONOTARIOES sobre el tema Alquiler de casa sin aceptación de herencia
Su contrato no es legal.

La PNC podria sacarlo siempre y cuando haya orden judicial (para lo cual deberian primero existir herederos legalmente declarados).

Lo anterior es lo legal.

Pero aqui en El Salvador si se lo podrian llevar preso o tirarle las cosas a la calle, yo no me arriesgaria, el abogado que hara valer mis derechos me saldra mas caro.

No se pase a esa casa y pida devolucion de dinero si acaso ha entregado, si no puede ir a denunciar a la FGR (aunque realmente usted acepto meterse en el problema, por lo que su caso no llegara a nada, solo la amenaza).

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

30 Sep 2019 17:31 #3 por Lic. Alfred Serrano
Respuesta de Lic. Alfred Serrano sobre el tema Alquiler de casa sin aceptación de herencia
Muy buenas tardes,

Leyendo tu caso, entiendo que la persona que es tu Arrendante es el esposo de la difunta (causante).

Y con el fin de solventar tus dudas, iniciare diciéndote que el contrato que has celebrado siempre y cuando haya sido otorgado 
con las formalidades que la ley establece para ese tipo de instrumentos, es completamente legal, primero porque nuestra Ley permite 
el arrendamiento de las Cosas Ajenas, según lo dispone el Articulo 1704 inciso ultimo del Código Civil, en segundo punto quien te ha arrendando 
es alguien que tiene derechos sobre la masa sucesoral de la causante, por lo tanto existe un grado de legitimación para poder otorgar el referido contrato.

Ahora bien la policía, en ningún momento te puede ir a sacar o desalojar, si no existe una Orden Judicial y ademas porque ellos no son Autoridad que puede cuestionar
la legalidad o no de un Instrumento Notarial.
Respecto del hijo el no te puede reclamar nada a ti, en todo caso los reclamos deberán realizarse contra el otro heredero.
Ademas debes de tener en cuenta que si el intenta entrar a la casa puede estar cometiendo allanamiento de la morada, ya que esta entrando sin tu autorizacion.

Saludos, espero te sirva mi aporte
    
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.152 segundos
Gracias a Foro Kunena