CERTIFICACION LITERAL Y ESTRACTADA

20 Nov 2016 17:43 #1 por Flor de Lis
CERTIFICACION LITERAL Y ESTRACTADA Publicado por Flor de Lis
hola, soy estudiante y me han dejado de tarea presentar una demanda pero me piden que presente una certificacion literal y estractada emitida por el CNR, y no sé como hacerla, espero que alguien pueda ayudarme lo agradece infinitamente

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20 Nov 2016 19:11 #2 por rdc2310
Respuesta de rdc2310 sobre el tema CERTIFICACION LITERAL Y ESTRACTADA

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20 Nov 2016 19:13 #3 por rdc2310
Respuesta de rdc2310 sobre el tema CERTIFICACION LITERAL Y ESTRACTADA
te mando adicional un modelo de demanda


SEÑORA JUEZ DE LO CIVIL
xxxxxxxxxxxxxxxx, de sesenta y dos años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Ahuachapán y del de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número xxxxxxxxxxxxxxxx, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientosxxxxxxxxxxxx, y con Carnet de Abogado Númeroxxxxxxxxxxxx, a usted con todo respeto le EXPONGO:
PERSONERIA:
Que tal como le compruebo con la fotocopia certificada ante Notario del Testimonio de la Escritura Pública de Poder General Judicial que le presento , otorgado en la ciudad de Ahuachapán , departamento de Ahuachapán , a las nueve horas y treinta minutos del día ocho de enero del año dos mil dieciséis, a favor del Licenciado xxxxxxxxxxxxxxx, quien es mayor de edad, Abogado y Notario y del domicilio de Ahuachapán, ante mis oficios Notariales, por la señora xxxxxxxxxxxxxxx, quien es de sesenta y dos años de edad, de Oficios domésticos , del domicilio del xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx y con Número de Identificación Tributaria cero xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, , y sustituido a mi favor según acta de sustitución otorgada en la ciudad de Ahuachapán, a las nueve horas del día dieciocho de enero de dos mil dieciséis por el Licenciado xxxxxxxxxxxxxx, en el que consta que soy Apoderado General Judicial de la señoraxxxxxxxxxxxxxx,de las generales antes expresadas, poder que me faculta para ejercer actos como el presente, que en fotocopia certificada ante notario le presento.-
En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 276 Ordinal 2º CPCM, expreso que la dirección de mi poderdante es: el Caserío El Desvío, Cantón Santa Cruz, jurisdicción de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán.-
3. NARRACION DE LOS HECHOS:
Los hechos que motivan mi pretensión son los siguientes:
Que mi representada es legítima tenedora y poseedora DE BUENA FE, de forma quieta, pacífica y sin ninguna interrupción, sin violencia, sin clandestinidad y sin pro indivisión con nadie, de terreno de naturaleza rústica, el cual se encuentra cultivado con Árboles frutales de diferentes especies y en cual se encuentra construida una casa de habitación, situado en el Cantón Santa Cruz, de la jurisdicción de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán; el cual ha sido desmembrado de otro de mayor extensión cuyos linderos son AL ORIENTE: Con la Hacienda San Miguel Las Ranas , lindando también con la señora de Silva, La Hacienda Las Ranas es hoy de varios dueños ; AL PONIENTE Río de Paz de por medio con la parte con resto que queda en territorio de Guatemala; AL NORTE: Con predio de doña Carmen de Silva , y AL SUR con la misma señora de Silva y en parte con la Hacienda Platanar, río de Paz de por medio, que del inmueble antes descrito ya se han efectuado varias desmembraciones por lo que ha quedado reducido en DOSCIENTAS HECTAREAS TREINTA Y UNA AREAS DIEZ CENTIAREAS VEINTE DECIMAS DE CENTIAREA, que de dicho inmueble se segregó al rumbo SUR una porción de terreno de CINCO MANZANAS de terreno equivalentes a TREINTA Y CINCO MI9L METROS CUADRADOS de parte del antiguo dueño señor JOSE ISMAEL TOBAR , a favor de la señora DOLORES PIMENTEL GALICIA , en el año de mil novecientos dieciocho , TOBAR; AL ORIENTE : en doscientos cuarenta metros con los señores ABEL MAGAÑA Y MARINA MAGAÑA de una extensión superficial de CINCO MANZANAS DE TERRENO EQUIVALENTE A TREINTA Y CINCO MILMETROS CUADRADOS , el cual se describe así: AL NORTE ciento ochenta y seis metros , con inmueble general propiedad de JOSE CARLOS VALDIVIESO MAGAÑA; AL ORIENTE : con propiedad de ABEL MAGAÑA Y MARINA MAGAÑA en doscientos cuarenta metros; AL SUR : con propiedad de ARMANDO PEREZ Y DE BLANCA LIDIA PIMENTEL en cien metros; y AL PONIENTE con NATIVIDAD CORADO callejón de por medio y RAMIRO RIVAS GRANDE en doscientos treinta y dos metros .- No omito manifestarle que posteriormente dicho inmueble general pasó a dominio del señor xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien es mayor de edad, Estudiante, del domicilio de la ciudad de Ahuachapán , quien reside en Caserío El Desvío , Cantón Santa Cruz, jurisdicción de Ahuachapán por venta que le hizo el señor xxxxxxxxxxxxxxxxxx según Escritura Pública, otorgada a las ocho horas del día dieciocho de junio del año mil novecientos noventa y cuatro , ante los oficios del Notario xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, inscrita en el SIRYC xxxxxxxxxxxxxxxxxxx del Centro Nacional de REGISTRO DE LA SEGUNDA SECCION DE OCCIDENTE con sede en la ciudad de Ahuachapán.-.
Y es el caso que dicho inmueble lo adquirió la madre de mi mandante señora DOLORES PIMENTEL GALICIA en el año de mil novecientos setenta y siete , por compra que le hizo al anterior dueño del inmueble general señor xxxxxxxxxxxxxxx, mediante compra-venta en documento privado solo de posesión material, la que se le ha extraviado a mi mandante por el tiempo transcurrido desde esa fecha hasta la actualidad, que se le hizo por la suma de CINCO MIL COLONES en esa época , hoy equivalentes a QUINIENTOS SETENTA Y UN DÓLARES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y que posteriormente en el año de mil novecientos noventa y siete en el mes de enero de ese año, la anterior poseedora señora DOLORES PIMENTEL GALICIA , le vendió a mi mandante el inmueble antes referido por venta verbal por la cantidad de DIEZ MIL COLONES equivalentes a UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y que tal posición y fue poseedora material, de manera quieta, pacífica y sin interrupción por más de VEINTE AÑOS consecutivos de dicha porción de terreno; por lo que sumado al tiempo que lo poseyó la señora xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx , más el tiempo que tiene de poseerlo mi representada, suman más de TREINTA Y NUEVE AÑOS de posesión material de dicho terreno, contando a partir del año mil novecientos setenta y siete, siendo la Posición Continua y sin Interrupción ya sea Civil o Natural; y que mi representada dicho inmueble actualmente lo valora en la suma de DIEZ MIL DÓLARES EXACTOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Mi mandante tomó posesión del terreno vendido desde el año mil novecientos noventa y siete, sumando el tiempo de la posesión entre ambas poseedoras más de treinta años; ya que durante ese tiempo han tenido la posesión en forma quieta, pacífica e ininterrumpida del mencionado inmueble ejerciendo actos inequívocos de verdadera dueña ya que ella adquirió solamente el terreno, habiendo hecho obras de terracería, ha sembrado los árboles, construyó además la casa en la que habita.
Los indicados actos de posesión los ha efectuado a la vista de todo el vecindario y del demandado, quien reconoce a mi poderdante como única dueña del inmueble referido y la respetan como tal; razón por la cual la señora BLANCA LIDIA PIMENTEL desea adquirir el dominio de tal inmueble, valiéndose de la figura de la prescripción adquisitiva.
Mi poderdante ha cuidado y conservado el mencionado inmueble, todo sin que persona alguna se haya presentado pretendiendo mejor derecho sobre el inmueble poseído; en este sentido es que vengo a demandar al señor de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx en Proceso Común Declarativo de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio, a efecto que en sentencia definitiva se declare por su Digna Autoridad, que mi poderdante señora xxxxxxxxxxxxxxxxx ha adquirido el dominio del inmueble antes descrito.-
POSESIÓN MATERIAL; CON ÁNIMO DE SER SEÑORA Y DUEÑA DE LA COSA
Mi representada es dueña de un inmueble, por estarlo poseyendo mi mandante en forma quieta, pacífica, sin interrupción, sin violencia y sin clandestinidad por más de TREINTA Y NUEVE AÑOS, ejerciendo en dicho terreno actos de verdadera dueña y señora, ya que ha sembrado árboles frutales y maderables que contiene, y lo repara periódicamente , le ha instalado los servicios de agua potable, lo ha cercado y reparado sus cercas, situación y actos que son conocidos y sabidos por los vecinos y colindantes de su terreno. Por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 2231 y siguientes; 2237-2239- 2249-2250 y 2252 todos del Código Civil, artículos 276 y siguientes del Código Procesal Civil y Mercantil, es procedente que en Sentencia Definitiva, previo a los trámites legales respectivos se declare que la señora xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, de las generales expresadas en esta demanda es la única propietaria del terreno que ha quedado ampliamente relacionado y descrito, por estar ejerciendo legal tenencia y posesión de dicho terreno por más de TREINTA Y NUEVE AÑOS en forma quieta, pacífica, sin interrupción, sin violencia y sin clandestinidad, y por haberlo adquirido por el MODO DE LA PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO POR MAS DE TREINTA AÑOS ININTERRUMPIDOS, Y que en consecuencia se le extienda a mi representada la certificación de dicha Sentencia Definitiva para que le sirva de legal TITULO DE DOMINIO, para efectos de inscripción a su favor y a su nombre en el Registro de la propiedad Raíz e Hipotecas de la segunda Sección de Occidente del departamento de Ahuachapán.-
POSESIÓN MATERIAL; CUMPLE LOS REQUISITOS.
En cuanto a los hechos que puedan considerarse como actos posesorios, de las pruebas que aportare al proceso, como testimonial e inspección del Juez, se precisa que sí han sido realizados en forma quieta, pacífica e ininterrumpida por el treintenaria prescribiente, pues consta que en ese terreno ha cultivado árboles frutales y maderables sin pedirle consentimiento a nadie, y hasta lo ha cercado en todos sus linderos, actos que indudablemente configuran el ánimo de ser dueña del terreno que está poseyendo, sin que tal posesión haya sido interrumpida, ya civil o naturalmente. La prescripción adquisitiva del dominio es un modo de adquirir la propiedad de una cosa, por su posesión continuada, en las condiciones y tiempo determinados por la ley; de ahí que sus requisitos son tres: 1) una cosa susceptible de prescripción; 2) existencia de posesión, y, 3) transcurso de un plazo. Requisitos que de conformidad a las pruebas que se verterán en el proceso, han serán cumplidos en el caso sub lite; a saber: la cosa reclamada es un inmueble determinado.
ANTECEDENTE.
Que el demandado es dueño de dicho inmueble, cuya inscripción en el SIRYC es xxxxxxxxxxxxx del Centro Nacional de REGISTRO DE LA SEGUNDA SECCION DE OCCIDENTE con sede en la ciudad de Ahuachapán por tal razón se ha entablado dicha demanda en contra del señor xxxxxxxxxxxxxxx con el cien por ciento de derecho de PROPIEDAD.
IV) ARGUMENTOS DE DERECHO Y LAS NORMAS JURÍDICAS QUE SUSTENTAN LA PRETENSIÓN: DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LOS PRESUPUESTOS PROCESALES.
La prescripción requiere de los siguientes elementos: 1º) Que se trate de una cosa que está en el comercio humano; 2º) Existencia de posesión, es decir ejercer actos con ánimo de señor o dueño; y 3º) Transcurso de un plazo.
Los tres elementos se dan en el presente caso, ya que: 1) se trata de un bien raíz que está dentro del comercio, tiene como uso habitacional lo que demuestra que el inmueble es susceptible de propiedad privada y por lo tanto de prescripción adquisitiva; 2) a través de la prueba que ofrezco, se establecerá la posesión de forma quieta, pacifica e ininterrumpida que mi mandante ha ejercido sobre el inmueble relacionado; 3) así mismo se probará mediante la prueba pertinente que la posesión ejercida por mi poderdante, excede los TREINTA AÑOS continuos e ininterrumpidos establecidos por la ley como requisito indispensable para la eficacia de adquisición del dominio o propiedad por el modo de la prescripción adquisitiva extraordinaria.
5. COMPETENCIA.
El inmueble está situado en el xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, , Jurisdicción de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, en consecuencia presentamos la demanda en este Tribunal por tener competencia en base a los artículos 30 No 1 y 35 inciso primero ambos del Código Procesal Civil y Mercantil.
6. VALOR DE LO DEMANDADO
Mi mandante adquirió el inmueble por el precio de DIEZ MIL COLONES equivalentes a UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; sin embargo por todas las mejoras realizadas actualmente el valor del inmueble se estima en DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA , siendo ese el valor de lo demandado.
7. NORMAS JURÍDICAS QUE SUSTENTAN LA PRETENSIÓN Y COSA QUE SE PIDE
Por lo antes expuesto y de acuerdo a lo establecido en los artículos 18 Cn; y Arts. 2231 y siguientes; 2237-2239-2249-2250 y 2252 estos últimos del Código Civil, artículos 30 No1 , 35 y 276 y siguientes todos del Código Procesal Civil y Mercantil; por lo que con expresas instrucciones de mi poderdante, tal como ya se mencionó al inicio de la presente, vengo a demandar en Proceso Civil Declarativo Común de Prescripción ADQUISITIVA DE DOMINIO, en su calidad de asiste a mi patrocinada, en el sentido de reconocer que es la única y legitima dueña y tenedora de la porción de terreno que se ha descrito en esta demanda.-
7. PRUEBAS.
Ofrecimiento de la Prueba documental que presento junto a esta demanda, todos en originales, consistente en:
a) Fotocopia certificada ante notario del Testimonio de la Escritura Pública de Poder General Judicial y Acta de Sustitución del mismo a mi favor; documento con el cual pruebo mi personería, de conformidad al Art. 69 CPCM.
b) Certificación de la Denominación Catastral emitida por el Jefe de la Oficina de Mantenimiento Catastral de Ahuachapán con lo que pretendo probar que actualmente el inmueble ocupado por mi mandante, se encuentra a favor del demandado señor xxxxxxxxxxxxxxxxx en la inscripción Matrículas SIRYC xxxxxxxxxxxxxxxdel Centro Nacional de REGISTRO DE LA SEGUNDA SECCION DE OCCIDENTE con sede en la ciudad de Ahuachapán, estableciéndose así la legitimación pasiva de mi demandado; y la ubicación del inmueble que se pretende adquirir a través de la figura de la prescripción.
c) Certificación extractada del inmueble general, emitida por el Jefe del Centro Nacional de Registros de la Segunda Sección de Occidente, con sede en esta ciudad con la que se pretende probar la ubicación del inmueble, así como el derecho de propiedad del señor xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx , de generales conocidas en este proceso.
d) Certificación literal del inmueble general de donde se desmembró la porción, el cual se encuentra inscrito a favor de los demandados antes mencionados en este proceso.
e) B) Reconocimiento Judicial en el inmueble situado en xxxxxxxxxxxxxxxx , con lo que pretendo probar la identificación del inmueble por parte de Su Digna Autoridad, así como para singularizar el mismo y demostrar que efectivamente en la actualidad mi mandante se encuentra poseyendo el inmueble mencionado en esta demanda, y ejerciendo actos de dueño como cultivándolo todos los años, cercándolos y los vecinos reconociendo dicho estado .- La parte actora estima que no sería necesaria la intervención de peritos para tal diligencia
PRUEBA TESTIMONIAL
Que en base a los hechos que se quiere probar y la mejor forma es proporcionando testimonios de los vecinos contiguos a la propiedad de posesión de mi representada y ellos son:
1) xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, de setenta y tres años de edad, jornalero , del domicilio del Cantón Santa Cruz, jurisdicción de Ahuachapán, con Documento Único de Identidad Número xxxxxxxxxxxxxxxxxxx 2) xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, de setenta y seis años de edad, jornalero del domicilio del Cantón Santa Cruz, jurisdicción de Ahuachapán, con Documento Único de Identidad Número xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.-, ambos son vecinos del inmueble poseído por la señora xxxxxxxxxxxxxxx , prueba con la que pretendo demostrar que mi mandante ha habitado el inmueble mencionado por más de treinta y nueve años, en forma quiera, pacífica y no interrumpida.
En virtud de lo expuesto, y con fundamento en los Artículos 2231, 2237 inciso primero, 2240, 2249, 2250, 2252 todos del Código Civil y artículos 276 y siguientes del Código Procesal Civil y Mercantil, con el mayor respeto le PIDO:
a) Se admita la presente demanda y se me tenga por parte en el carácter en que comparezco.
b) Se emplace al demandado en el lugar en donde se encuentra situada la propiedad en el xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx , departamento de Ahuachapán ; y en caso de no poderse encontrar al demandado oportunamente se ordene emplazarlos por medio de edictos, por ser de domicilio ignorado, de conformidad al artículo 186 inciso primero del Código Procesal Civil y Mercantil.-
c) Seguidos los trámites de ley, con la prueba documental presentada junto a esta demanda y con la práctica de los otros medios de prueba solicitados‚ en Sentencia Definitiva se declare la adquisición del dominio del inmueble inscrito a la matrícula xxxxxxxxxxxxxxx del Centro Nacional de REGISTRO DE LA SEGUNDA SECCION DE OCCIDENTE con sede en la ciudad de Ahuachapán, situado en el Cantón Santa Cruz, jurisdicción Ahuachapán departamento de Ahuachapán; la porción que pretende adquirir por PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO se encuentra situado al rumbo SUR del inmueble general de un Área de TREINTA Y CINCO MIL METROS CUADRADOS , cuyas medidas y colindancias aparecen en la narración de los hechos de esta demanda, a favor de la señora xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx por haber operado a su favor la PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO; y oportunamente se ordene la inscripción en el Registro de la Propiedad del Departamento de Ahuachapán de la sentencia que acceda a la pretensión de mi poderdante, a fin de que le sirva de título de propiedad, y para ello se emita la certificación y oficio correspondientes.
Señalo para oír notificaciones y citaciones para mi mandante y mi persona la oficina profesional xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, de esta ciudad.-
El demandado señor xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx puede ser emplazado en el lugar en donde se , departamento de Ahuachapán ; y en caso de no poderse encontrar al demandado oportunamente se ordene emplazarlos por medio de edictos, por ser de domicilio ignorado, de conformidad al artículo 186 inciso primero del Código Procesal Civil y Mercantil.-
Presento fotocopia de mi Documento Único de Identidad, mi Tarjeta de Identificación Tributaria, y Tarjeta Abogado.-
Presento fotocopia de mi Documento Único de Identidad, y Tarjeta de Identificación Tributaria, de mi mandante señora BLANCA LIDIA PIMENTEL.-
Declaro Bajo juramento que no me encuentro dentro de las inhabilidades a que se refiere el Art. 67 del Código Procesal Civil y Mercantil.
Ahuachapán doce de julio del año dos mil dieciséis
El siguiente usuario dijo gracias: Flor de Lis

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