¿Emplazamiento por correo?

17 Nov 2016 11:35 - 17 Nov 2016 11:35 #1 por Jostml
¿Emplazamiento por correo? Publicado por Jostml
Buenos días colegas,

Investigué el código procesal civil y me entere que lo que necesito es el emplazamiento.

¿Está prohibido el emplazamiento por correo en El Salvador?

Aquí se permite el uso de correo como alternativa siempre que se consigue la firma del demandado y se devuelve constancia de la entrega de la esquela junta con copia de la demanda.

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17 Nov 2016 21:53 #2 por analisisjuridico
Respuesta de analisisjuridico sobre el tema ¿Emplazamiento por correo?
no se puede colega los tribunales no lo permiten solo fax, en la jurisdiccion del tribunal y por tablero, por mi que si se deberia inplementar pero si lo hace le previenen

El principio de la sabiduria es el temor de Jehova...

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17 Nov 2016 22:17 #3 por Marlene 2015
Respuesta de Marlene 2015 sobre el tema ¿Emplazamiento por correo?
La verdad es que algunos Juzgados mencionan en los emplazamiento la siguiente frase
"que cuando comparezcan al proceso deberán determinar con precisión, en el primer escrito o comparecencia, una dirección dentro de la circunscripción del tribunal para recibir notificaciones, o un medio técnico, sea electrónico magnético o de cualquier otra naturaleza, que posibilite la constancia y ofrezca garantías de seguridad y confiabilidad"

Pero no se realiza a los correos electrónicos ya que no es una forma que garantice la entrega de la notificación, es por ello que se realiza mejor vía fax, personal o por tablero.
también porque hay algunos juzgados que no poseen internet, el CNR se que realiza notificaciones por correo electrónico.

Yanci

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