intereses legales en proceso de inquilinato

30 Sep 2011 04:58 #1 por Ugo_Rocco
Puede ser cobrado el interés legal (12% anual)como cantidad accesoria al pago de cánones adeudados en un proceso de inquilinato? cual sería su base legal?

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19 Nov 2011 06:41 #2 por Jenhz
Respuesta de Jenhz sobre el tema Re: intereses legales en proceso de inquilinato
Claro que pueden cobrarse los interese legales, yo los pedí en una demanda de inquilinato y me dieron los intereses que devengara el monto que al que se condeno al inquilino en la sentencia.

El problema estará en como cobrar ese dinero porque el demandado tiene que ganar mas de $430.00 para que el excedente de esto, es lo que se puede embargar.

Espero te sirva.

Saludos

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23 Nov 2011 06:54 #3 por Ugo_Rocco
Respuesta de Ugo_Rocco sobre el tema Re: intereses legales en proceso de inquilinato
pero cual es su base legal?

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07 Ene 2012 19:23 #4 por escoorpion76
Respuesta de escoorpion76 sobre el tema Re: intereses legales en proceso de inquilinato
CREO QUE NO SE PUEDE COBRAR INTERESES SOBRE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO. LO QUE SI ESTOY SEGURO, ES QUE SOBRE LA SENTENCIA QUE SE DICTA EN EL PROCESO DE INQUILINATO, YA EN LA ETAPA DE LA EJECUCIÓN, SI SE PUEDE PEDIR EL JUEZ, SOBRE EL MONTO CONDENADO, LOS INTERES LEGALES RESPECTIVOS.
SALUDOS....

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08 Ene 2012 01:34 #5 por pekozoo luna
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema Re: intereses legales en proceso de inquilinato
Bueno con el permiso de los amigos foristas:

PRIMERO: en materia civil el interés es del SEIS POR CIENTO ANUAL.

SEGUNDO: en materia mercantil el interés legal es del DOCE POR CIENTO

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08 Ene 2012 01:35 #6 por pekozoo luna
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema Re: intereses legales en proceso de inquilinato
Es decir cuál de los dos intereses se van a cobrar en todo caso.

Bases legales:


CODIGO CIVIL

Art. 1964.- Si se estipulare en general intereses sin determinar la cuota, se entenderá que deberán pagarse intereses legales.
EL INTERÉS LEGAL ES EL SEIS POR CIENTO AL AÑO.

CODIGO DE COMERCIO

Art. 960.- El deudor moroso deberá pagar el interés pactado y en su defecto el legal como indemnización por la mora. Cuando la obligación tuviere por objeto cosa cierta y determinada, o determinable, el interés se calculará sobre el valor de la cosa. Este valor se determinará, salvo convenio, por el precio que tuviere en plaza el día del vencimiento, o por su cotización en bolsa, y, en defecto de ambos, por peritos.
EL INTERÉS LEGAL EN MATERIA MERCANTIL SERÁ FIJADO PERIÓDICAMENTE POR LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA.



ACUERDO PARA LA FIJACION DEL 12% DE INTERES LEGAL MERCANTIL

EL PODER EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
es uso de sus facultades legales, con base en el inciso 2o. del Art. 960 del Código de Comercio, y oída la opinión de la Junta Monetaria,
ACUERDA:

1) Fijar en doce por ciento anual (12%) el interés legal mercantil.
2) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.- Comuníquese. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Economía, PACAS C.
El siguiente usuario dijo gracias: Lis, doctor_ley, vlad mas

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16 Oct 2012 04:13 #7 por yavelendas
Respuesta de yavelendas sobre el tema Re: intereses legales en proceso de inquilinato
podrían decirme por favor algunas formas alternas que ponen fin a un proceso de inquilinato?

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