la protocolizacion es un acto en el que el notario necesita dejar incorporado un documento a su protocolo, aunque la ley no estable una lista de estos documentos todos sabemos por otro lado que hay documentos que por haber procesos especiales el caso de la diligencia final de la declaratoria de herederos tiene que protocolizarse...
En conclusion podes como notario protocolizar todo lo que te lleven a protocolizar, cartas de amor si queres... no hay execpcion alguna para la protocolizacion y como la concepcion dice " al no haber disposicion que te lo prohiba, pues por contrario sensu ... la ley te lo permite"
pero si una ayuda queres... son protolizables todas las actas y actos tomados por junta directivas o por junta generales de accionistas... (en ausencia de un libro de actas)
imaginate cualquier acto... puntos especiales de Juntas directivas en las que se autorizen ventas, compras, etc
todo lo que en tu codigo civil no aparezca identificado como un contrato es objeto de una protocolizacion.
consultas y comentarios al email: lic.carlossambrana@gmail.com