Buenos días.
Sobre el caso que comenta, espero que aún no haya pasado la fecha de conciliación y que aún esté a tiempo de contestar la demanda.
Habría que revisar algunos aspectos específicos del caso, por ejemplo:
1) Tipo de trabajadores de que se trate: Si son especializados o no.
2) Plazo con el que se presentó el preaviso
3) Si está o no dentro del plazo para pagar la compensación
4) Si no cae en los supuestos de la Multiplicada de Renuncias para solicitar administrativamente el pago en cuotas de la compensación.
En la contestación, por ejemplo, si se tratare de trabajadores especializados y presentaron el preaviso con 15 días de anticipación, su contestación debería ir en el sentido de decir que no son ciertos los hechos vertidos en la demanda y que el trabajador NO CUMPLIÓ con el plazo de preaviso señalado en la ley, que para el caso de trabajadores especializados es de 30 días, por lo que no tiene derecho a recibir la compensación económica por renuncia voluntaria.
Recuerde que una vez iniciado el juicio individual de trabajo, ya no se reclama la compensación económica si no INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTO.
Saludos.