Buenas Tardes. por lo que veo ustedes estàn enfrentando el delito de violencia intrafamiliar, y no un proceso de familia de violencia intrafamiliar.
para enfrentar el delito de violencia intrafamiliar es requisito indispensable que a su hermano ya lo hayan condenado en un proceso de familia por violencia intrafamiliar en sede de paz o juzgado de familia, quiere decir que su hermano ya posee antecedentes en calidad de agresor, o sea, que esa situaciòn agrava la condiciòn de su hermano.
La pena a inponer, no supera los 3 años, y de ser cierta esta teoria, perfectamente podrian condenarlo y enfrentar una pena gozando de libertad ambulatoria. El Juez de Sentencia NO podra restringir las visitas ni nada relativo a los hijos, unicamente el tema de condenarlo por el delito de vif.
Esa condena es una antesala a un proceso de familia que se llama perdida de autoridad parental o suspension de autoridad parental, que es la sentencia del juez de familia donde un padre pierde o suspende los derechos de los padres, manteniendo las obligaciones de alimentos sobre los menores. o sea, ya no tiene derecho a ver a sus hijos pero si a alimentarlos.
Demandar en divorcio le serìa muy cuesta arriba su hermano con relacion a los hijos, ya que los antecedentes que posiblemente posee le hicieran mucha influencia negativa en el mismo, posiblemente hasta podria interferir en las visitas de sus hijos.
A grandes rasgos esta podrìa ser una breve ilustraciòn como guìa de su tema. una respuesta concreta y exacta se podrìa dar, al ver el proceso de una manera integral.