Buenas tardes deseo hacerles una consulta, yo realice mi primera escritura al vuelto de la razon del juzgado de primera instancia, y en el cnr me dicen que me la van a observar porque debe ir inmediatamente de la legalización, mis preguntas son: es de ley que asi debe ser, yo lei que puede ir despues no "debe" ir ; que puedo hacer? o realmente no tengo de que preocuparme. gracias por su atención. es