Me toco ir a estudiar. Les dejo la respuesta: :blush:
El FSV fue creado como un ente autónomo, pero que viniera en representación del Estado a brindar el acceso a la vivienda a los trabajadores, en cumplimiento de lo establecido por la Constitución del derecho a una vivienda digna.
El Art. 4 de la Ley del FSV establece que su campo de aplicación es para TODOS los patronos y trabajadores, sea cual fuere el tipo de relación laboral y remuneración.
Así mismo el Art. 3 lit a) del Reglamento Básico a la Ley del FSV, aclara que por Ministerio de Ley a partir del 15 de Junio de 1973, quedan incorporados al programa de Seguridad Social del FSV
TODOS los patronos y sus trabajadores.
Y finalmente Art. 24 num. 2 del Reglamento, se considera infracción susceptible de la imposición de una Multa que el patrón se NIEGUE a firmar la "Notificación" (osea Orden de descuento) otorgada por el trabajador. Y el acta que de ello levante el notificador hará plena prueba.
ASÍ QUE COLEGAS: NO IMPORTA LA POLÍTICA DE LA EMPRESA, SI LA ORDEN DE DESCUENTO VIENE DEL FONDO HAY QUE FIRMARLA!!!