Buenas noches Saru.
En efecto, si tu compareces como apoderada de tu cliente...debes presentar un escrito solicitando que te tengan por parte en el proceso. Generalmente se anexa copia certificada por notario del poder.
En cuanto a las preguntas...tu presentas la guía (cuestionario) con que se tomará la declaración del testigo, pero el interrogatorio, por el principio de concentración y de inmediación, lo realiza el Juez (en teoría, aunque en la práctica lo hace el resolutor). Al finalizar el interrogatorio, le dan a tu contraparte la oportunidad de repreguntar y posteriormente te la dan a ti.
Para probar la relación de trabajo, podrías presentar declaraciones de renta si en las mismas consta el nombre de la empresa que ha efectuado la retención, que se ha descontado ISSS y AFP, pero no son el documento idoneo para ello. También podrías agregar una certificación del ISSS donde conste que el trabajador aparece incluido dentro la nómina reportada por el patrono. Pero como bien te dice alvarado90, en material laboral, la reina de la prueba es la testimonial. No es necesario que sean dos testigos contestes, pues en materia laboral opera la sana crítica, y si al juez le hace fe el dicho de uno solo de los testigos, podrá considerarlo como prueba suficiente. Sin embargo, siempre es recomendable tener al menos dos testigos, los cuales debes preparar bien para que respondan el interrogatorio y las repreguntas.
Suerte en tu primer caso y bendiciones.
Dejanos saber como te fue.