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si gracias solo, me gustaria anticipar si aun se podra hacer algo ya que he escuchado que cosas asi preescriben con el tiempoenemigo escribió: Mi recomendación es, acerquese a la oficina jurídica de un colega, ahí le asesorarán por pago de honorarios.
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3) Para los hechos punibles continuados, desde el día en que se realizó la última acción u
omisión delictuosa.
4) Para los delitos permanentes, desde el día en que cese la ejecución.
5) Para los delitos y faltas oficiales desde que el funcionario haya cesado en sus funciones.
En caso que el período de prescripción concluya antes de la mayoría de edad de la víctima, el
plazo se ampliará en un año más contado a partir de que cumpla dieciocho años de edad.
Resulta que si fuera administracion fraudulenta o mestafa, no llegan a mas de ocho años, asi que ya no se puede.
Y le recomiendo NUNCA piense tanto, por que el tiempo a veces puede perjudicarnos.
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