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Carlos II escribió: Que sucede si en el caso la supuesta madre no esta en el país, y es de domicilio ignorado, y el niño esta bajo el cuidado de su padre biológico, y éste quiere promover las diligencias subsidiarias de nacimiento, puede el padre de este niño otorgarme el poder para iniciar las diligencias, o el tribunal alegaría que en vista que el niño no tiene representación legal, es el Procurador General de la República quien asumiría esa representación legal hacia el niño, en base al articulo 224 C. F. entonces me surge la inquietud de quien podría otorgarme ese Poder para llevar a cabo dichas diligencias?
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Carlos II escribió: Gracias por tu sugerencia RafaAlfaro, lo hare de esa forma que el supuesto padre biologico de la niña me otorgue el Poder Especifico, para seguir con el subsidiario de nacimiento, solo espero que el tribunal de familia tengan un criterio amplio y no me hagan ninguna prevención respecto a eso, asi como tambien prevengan por no saber el paradero de la Madre, ya que cuento con la documentación que voy a presentar tales como certificación de nacimiento y los plantares de la niña donde la supuesta Madre ha reconocido a la niña como a su hija, ademas de la partida de nacimiento de la Madre.
Gracias...
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Noemy escribió: entonces, también pueden ambos padres tramitar el subsidiario de nacimiento del menor, cuando ambos estén juntos o de común acuerdo
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