NECESITO DE SU AYUDA PORFA

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12 años 8 meses antes - 12 años 8 meses antes #53987 por kmbm
En el caso de una compraventa que se desea inscribir y el registrador le realizo observaciones al mismo porque el notario consigno el precio en números y no agregó el duplicado de la boleta de pago del impuesto de transferencia de bienes raíces. Me podrian amablemente ayudar en las siguientes preguntas de ANTE MANO GRACIAS por tomarse el tiempo y contestar son muy amables las personas que nos colaboran en este foro

¿Son Válidas las observaciones realizadas por el Registrador? ¿Cómo las fundamentaría?
En el caso de ser el notario :
1. ¿Estaría obligado a subsanar las observaciones?
2. ¿Cómo subsanaría las observaciones señaladas?
Última Edición: 12 años 8 meses antes por kmbm.

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12 años 8 meses antes #53988 por jimalfred45
Respuesta de jimalfred45 sobre el tema NECESITO DE SU AYUDA PORFA
Son válidas, la Ley de Notariado dice que los números deben escribirse en letras, empero pueden usarse ambos letra y números. Con un entrelineado se arregla sin más. Sobre la falta de boleta, si la tiene pues se pide agregarse en atención al usuario, si se perdió debe irse a las 3 torres a pedir una copia.
Espero y te ayude.-

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12 años 8 meses antes #53990 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema NECESITO DE SU AYUDA PORFA
Si estaròa obligado a subsanar las observaciones.

Como se subsanan: la primera haciendo el entrelìneado consignando la cantidad en letras; y el otro solicitando una copia certificada para agregarla como debio ser.

Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: BIBIANA

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12 años 8 meses antes #53995 por BIBIANA
Respuesta de BIBIANA sobre el tema NECESITO DE SU AYUDA PORFA
;) muy acertadas las respuestas. Gracias por tomarse el tiempo y colaborar con su conocimiento.Bendiciones

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12 años 8 meses antes #54005 por FernandoSO
Respuesta de FernandoSO sobre el tema NECESITO DE SU AYUDA PORFA
Otra posibiilidad...

En caso que el comprador este exento del pago de la transferencia ( ejemplo iglesia) debera interponer recurso de revisión con el registrador ( 5 dias habiles) y asi mismo fundamentar dicha situacion (Que igual debe decirse en la escritura las razones porque no se agrega).

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