La participación de ambos abogados (demandante y demandado) se reduce a constatar que el juzgado haya realizado correctamente el cálculo de la deuda. Si, como demandado considera que la liquidación se ha hecho mal, puede solicitar al juzgado que la revise. Igual si ha efectuado algún pago que no esté considerado en la liquidación, debe comprobar que se hizo ese abono parcial a la deuda, para quel juzgado la deduzca del monto final.
En la liquidación le incluirán el valor de las costas.
Fuera de eso, no hay mucha participación. Inclusive se puede llevar a cabo sin la presencia de las partes.