Si, se debe de relacionar, porque es la madre, es decir hay una filiación. Por suerte ella cedió sus derechos hereditarios antes de morir, por lo que únicamente se deberá acreditar en la diligencia que la persona es heredera del causante por ser cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondian a la señora fulana de tal.
Como en el caso planteado no especifica Ud. colega si existen más personas con vocación sucesoria, asumo que se trata únicamente de ella. Tendrás que verificar que el resto de posibles herederos del causante ya se encuentren fallecidos. (como la madre y el padre del causante, quien según el código tienen derecho a heredar, así como la pareja y sus hijos) finalmente aunque quien herede no sea pariente, en las diligencias comparece en calidad de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora fulana de tal, quien a la fecha también ya falleció
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos, parricidas y matricidas, homicidas,fornicadores, hombres que se acuestan con varones, secuestradores, mentirosos, perjuros y cualquier otra cosa que esté en oposición a la enseñanza saludable según las gloriosas buenas nuevas del Dios feliz, que me fueron encomendadas". (1 Timoteo 1:8-11)