Buenos días, estimados foristas:
Toda mi experiencia ha sido Bancario-mercantil (pues siempre fui empleada bancaria), pero hoy a mi sobrino le destruyeron su vehiculo en un accidente donde hubieron lesiones graves, se llevo el proceso penal, yo inicié las etapas del proceso civil por daños materiales en el 25 de mayo se realizo la audiencia conciliatoria únicamente con el propietario del microbús (trasporte de personal), el conductor no llegó. El propietario manifestó no tener dinero y que no se hacía responsable de conductor quien iba ebrio.
El 4 de junio interpuse la demanda, el 11 de julio me hicieron una observación la cual evacué, y el 8 de agosto me volvieron a observar otros argumento, entre ellos mi apellido de soltera en carnet, singularización de cada documento de prueba, y la parte policial original (pues agregué una copia (por ser un documento púbico, no consideré autenticarlo), monto a reclamar, perito y darle cumplimiento al art. 375 y siguientes.
el día 30 de agosto me notificaron la inadmisibilidad de la demanda porque no singularice en su totalidad la pretensión y por no cumplir los requisitos el dictamen pericial.
Resulta que a esta alturas, el plazo de los 60 días ya vencieron, para interponer nuevamente la demanda, y quiero apelar, pero mi nula experiencia les quiero solicitar me ayuden en qué sentido debo dirigir el recurso de apelación? y cuáles principios están violando con el vencimiento del plazo al no proceder con diligencia en cuanto a qué este tipo de demandas tienen plazo.
Les agradezco mucho toda la ayuda para revocar la inadmisibilidad que dá por nulo todo intento contra esta gente irresponsable al manejar.
Dios les bendiga