pues primero que nada lo que yo haría es sacar la Certificación de la Denominación catastral en el CNR, esto para saber si cuenta con antecedente registral inscrito.
Si resultare que no tiene antecedente registral, entonces se hacen las diligencias de título supletorio y todo tranquilo.
Si resulta que cuenta con antecedente registral inscrito, entonces habría que llevar a cabo diligencias de nombramiento de curador, luego llevar a cabo el Proceso de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria, para lo cual hay que reunir una serie de requisitos de admisibilidad y pruebas en el juzgado competente.
Suerte y cualquier cosa me escribe para saber como le fue.