quisiera saber si se le puede decretar la detencion provisional en la audiencia preliminar a un imputado por el delito de violacion en menor e incapaz y que no le decretaron en la inicial porque no compareció
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claro que si, de hecho en la preliminar se le decreta por la rebeldia si no comparece, y si comparece en preliminar y se celebra por lo general se dejan en la gran mayoria de los casos ya q el tipo de delito no da medidas sustitutivas, hay que andar buso con la fecha de audiencia de sentencia..
consultas y comentarios al email: lic.carlossambrana@gmail.com
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no solo en la audiencia pleliminar te pueden detener, al momento de que no te presentastes te declararon revelde, y sin dudas a equivocarme ya la orden de captura ha sido girada y al momento que menos esperes la haran efectiva.
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