Procedería el trámite de adopción si el padre tiene la autoridad parental absoluta otorgada por vía judicial, es decir que la madre ya no tenga ningún poder de decisión legal sobre la menor, una cosa es que le hayan dado el cuidado personal de la niña y otra que le dieran la autoridad parental total. Si aunque abandonó la madre el hogar, aún comparten la autoridad parental de la menor, se requiere de la autorización de ambos padres para que proceda la adopción. Artículos 174, 206, 207, 211, 223, 239 al 242 del Código de Familia. Debe revisar la documentación para saber el estado de la autoridad parental sobre la menor, si la tiene exclusivamente el padre o es compartida.
El Señor es mi pastor; nada me faltará.