Depende como este redacatado el testamento, según la clase de asignatarios que haya dejado el testador: 1. Si fueron nombrados sus hijos herederos universales y entre sus bienes les dejo específicamente una casa en particular a cada uno; 2. Los nombro herederos y porque son 3 casas se asume que una corresponde a cada uno; o 3. En el testamento solamente se refiere que les deja un bien específico a cada uno, es decir, son legatarios. Si mal no recuerdo, al ser sucesión testamentaria, si ya repudió, ese bien no puede ser reclamado por los hijos del que repudió. Sería de ver el testamento, si hay heredero(s) universal(es), pues a él(ellos) corresponde el bien que fue repudiado, si no hay ningún heredero universal, se iría por las reglas de la sucesión intestada aplicando el 988 del Código Civil.
El Señor es mi pastor; nada me faltará.