La duda persiste sobre qué documentos uso la persona para obtener el pasaporte, porque si presentó algún documento falso puede que tenga problemas y creo que procedería la Rectificación de Partida de Nacimiento.
Algún documento debieron presentar para asentar la partida, donde constaba fecha y hora precisa del nacimiento, sea de hospital privado o público o parto en casa, por lo que sería averiguar si hay alguna manera de confirmar esos datos, pues no sé si procedería el uso de testigos para este caso en particular.
También, se podría solicitar a la alcaldía revisen los archivos para confirmar como está asentado en el libro original, si éste aún existe, por si hay algún error por ahí cuando se extendió la certificación y recordemos que en los libros de nacimientos que llevan las alcaldías, se asientan las partidas una tras otra, números y fechas correlativas, es decir, las partidas previas y posteriores verificarán la fecha de la partida de su cliente, pues no creo que sea el único niño que fue asentado en ese día o en ese mes.
Con que ellos verifiquen numeración de partidas y fechas, es fácil verificar si hubo error al asentar al menor, porque es un mes de diferencia y si lo asentaron el 3 de septiembre, sería imposible que naciera hasta el 20 de ese mes, a menos que la fecha de asentamiento fuera el 3 de octubre o en dado caso 23 de septiembre y se equivocó el empleado de la alcaldía (ejemplo, la partida previa tiene fecha 2 de octubre y la posterior 5 de octubre o tiene la previa 22 de septiembre y la posterios 25 de septiembre). Si las partidas asentadas previamente y posteriormente a la de su cliente tienen fecha cronológica que concuerda con la certificación (ejemplo, la partida previa tiene fecha del 2 de septiembre y la posterior 5 de septiembre) es imposible que naciera el 20 de septiembre y de seguro la mamá se equivocó o tenía razones personales para decir que nació un mes después.
Antes de iniciar nada vaya a la alcaldía y consulte si le pueden ayudar a confirmar fecha revisando los correlativos y las fechas de las partidas asentadas en el mismo libro, pida hablar con el encargado del Registro en la alcaldía y quizás le ayudan y cóbrele a su cliente por eso. Fije un monto en base a hora invertida en el caso y lo que tenga que desplazarse o las veces que deba acudir a la alcaldía para eso. Usted le cobraría al cliente por el trámite de rectificación y por obtener las pruebas con que se rectificaría la partida.
El Notario al final es quien dicta resolución dando valor a las pruebas presentadas, pero habría que ver que dice el Síndico, y aunque no conteste sería mejor llevarlo de forma judicial, porque el caso lo siento algo raro, sinceramente. Si la Alcaldía accede a ayudarle y le confirma que hubo error en los registros, sígalo notarial, pues hay documentación que lo ampara, de lo contrario le recomiendo más la vía judicial y solicite el juez que pida las pruebas a la alcaldía.
Si es Notarial, el mayor atraso proviene de la respuesta del Síndico, si es judicial, a eso hay que sumar los atrasos típicos de los Juzgados.
El Señor es mi pastor; nada me faltará.