Yo te doy comentario: Pues la Ley de Notariado no da mucho para pensar sobre esta práctica: en el protocolo se asientan los actos, contratos y declaraciones que ante sus oficios se otorguen... bla bla bla y toca el tema de la Fe Pública concedida al Notario (una gran responsabilidad que no todos comprenden) y el tema de que el Notario ve que el otorgante firma con su puño y letra, en aparente sano juicio y blabla bla. Mi llana conclusión: ¡No se debe hacer!.
Pero vamos, que en la práctica real... en el mundo real.... en El Salvador que estamos viviendo hoy en enero 2020, muchos Notarios, con tal de darle vuelta a la rueda y conseguir las "chirilicas", le dan las hojas del protocolo a otros colegas, para que en él se asienten actos y contratos, auque el Notario no vea personalmente lo que circunda el acto, aunque no constante las circunstancias del otorgamiento, y sobre todo que el instrumento fue firmado por el compareciente "X", a quien conoce o conoce en ese momento por medio de su DUI tal. Y ahí van jugandose el chivazo por conseguir $20 más para la tortilla de más tarde.
Criterios jurisprudenciales no conozco pero me atrevo a decir que también concluyen que ¡No se debe hacer!.
Las almas más nobles comparten su conocimiento. Ser de luz para otros.