Simple, el hijo hace un promesa de venta en favor del padre.
El Riesgo es un alzamiento de bienes (delito) en caso de que la liquidación, en caso de haber estado ese patrimonio contemplado al momento de la disolución, arrojara un considerable incremento en favor del otro conyuge. Esto no es fácil probar, (mala fe), sin embargo no olvides que si es del conocimiento de uno de los hijos, obviamente puede ser del conocimiento de la madre.
Lo legal sería cambiar el régimen patrimonial antes que inicie el divorcio, y antes de que se realice la venta. Cambialo a bienes separados y listo. La otra persona no podría hacer reclamaciones a la hora de disolver el vínculo
Saludos
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos, parricidas y matricidas, homicidas,fornicadores, hombres que se acuestan con varones, secuestradores, mentirosos, perjuros y cualquier otra cosa que esté en oposición a la enseñanza saludable según las gloriosas buenas nuevas del Dios feliz, que me fueron encomendadas". (1 Timoteo 1:8-11)