El mutuo hipotecario por ser garantia del acreedor, debe inscribirse inmediatamente, no porque la ley lo diga, sino para que la hipoteca surta sus efectos, en realidad no hay fecha limite, pero si hay prescripcion de la acción y esta es de 10 años, despeues se convierte en obligación natural, la cual no puede ser exigida judicialmente.
Aqui te incluyo el Art. de Codigo Civil, donde claramente lo establece.
Artículo 2.254. del Codigo Civil.
Este tiempo es en general de diez años para las acciones ejecutivas y de veinte para las ordinarias.
Cuando existan simultáneamente la acción ejecutiva y la ordinaria, la prescripción de ésta correrá al mismo tiempo que la de aquélla; de suerte que transcurridos los diez años de la acción ejecutiva la ordinaria durará solamente otros diez.
"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".