Si ya se concilió puede hacer un escrito al juzgado de tránsito, para que se pida al juzgado de paz donde se llevaron las diligencias de Secuestro, que se remitan o que ordene entregar en forma definitiva al dueño del vehículo, por no ser ya este vehículo útil al proceso en virtud de haverse ya conciliado y en su caso haber sido sobreseido (si es que la conciliación no fue a plazo, caso en el que aún podría no haberse dictado el sobreseimiento definitivo).
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos, parricidas y matricidas, homicidas,fornicadores, hombres que se acuestan con varones, secuestradores, mentirosos, perjuros y cualquier otra cosa que esté en oposición a la enseñanza saludable según las gloriosas buenas nuevas del Dios feliz, que me fueron encomendadas". (1 Timoteo 1:8-11)