comprendo que es una aceptación de herencia intestada y recuerde que al no haber testamento la ley designa quienes son los llamados a aceptar herencia: padres sobrevivientes, conyugue e hijos, en primer lugar.
por lo que el otro hijo de la causante está llamado a aceptar, es indiferente si usted lo menciono o no en su solicitud. Su cliente debe decir si conoce donde puede ser notificado.