A veces los Tribunales tienen sus propias bases de datos donde tienen datos como el nombre de los abogados que comparecen en los procesos, número de Tarjeta de abogado, numero de NIT y número de Telefax y/o dirección para notificar.
No es que necesariamente se pueda o no se pueda hacer, pero en ocasiones para facilitar el trabajo del notificador se consulta la base de datos "por flojera de no revisar el expediente". Hay que considerar también qué fue lo que consignó en el Acta de Notificación el Secretario o Notificador del Juzgado, de eso depende mucho también qué se pueda o no hacer para solicitar la nulidad de un acto. En todo caso (pidas o no pidas la nulidad) uno puede pedir lo que uno quiera, la cosa es que le resuelvan en el sentido que uno pide.
Lo que puedes hacer es solicitar que en virtud de ya haber sido del conocimiento del tribunal que cuentas con "otro" número de telefax para oír notificaciones y que es el caso que no fue posible saber en tiempo sobre la realización de la diligencia. También si en todo caso se instala la audiencia en fase de incidentes puedes decirlo de manera oral y solicitar que se suspenda y se reprograme la misma.
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos, parricidas y matricidas, homicidas,fornicadores, hombres que se acuestan con varones, secuestradores, mentirosos, perjuros y cualquier otra cosa que esté en oposición a la enseñanza saludable según las gloriosas buenas nuevas del Dios feliz, que me fueron encomendadas". (1 Timoteo 1:8-11)