No no puede ya que si se analiza el mencionado articulo veremos que:
FUNCIONARIOS AUTORIZADOS
Art. 13.- Los funcionarios facultados para autorizar matrimonios dentro de todo el territorio
nacional son el Procurador General de la República y los notarios; y dentro de sus respectivas
circunscripciones territoriales lo son los Gobernadores Políticos Departamentales, los Alcaldes
Municipales y los Procuradores Auxiliares Departamentales.
Los Jefes de Misión Diplotmática Permanente y los Cónsules de Carrera en el lugar donde estén
acreditados, podrán autorizar matrimonios entre salvadoreños, sujetándose en todo a lo
dispuesto en el presente Código.
Como se lee solo reconeca la Ley salvadoreña los que hayan realizado los jefes de mision y los consules en "los lugarexs en donde esten acreditados" la ley limita que solo en el lugar donde esten acreditados y sean salvadreños los podra casar.
Esto pues como parte del servicio consular de atender a los ciudanos,pero no permitiendo que el notario lo haga pues dado la naturaleza del matrimonio y sus efectos de carater publico auorizar a los notarios seria una clara ijerencia alas leyes de el pais extranjer pues allla seran otros los funcionaros autorizados,La exepcion solo es para los salvadoreños y autorizado por el agente diplomatico o consular.