Muchas gracias colegas por expresar sus opiniones, la imputada solo una vez fue que realizo recogió el dinero, por medio de deposito en un banco, según en la relación de los hechos, de un principio la victima fue extorsionada, por tres ocasiones, por una persona de sexo masculino, en ningún momento identifican que las extorsiones eran echas por una mujer, la fiscalía cuenta con las vitacoras de llamadas; se que la imputada estaba consiente de lo que iba a realizar, pero esta no fue, por su propia voluntad, es decir que no existe dolo por parte de la imputada, en retirar ese dinero, pero resulta que se presento al lugar a retirar el dinero bajo a amenazas.
Se cuenta con el testimonio de personas, cuando la imputada fue amenazada por un pandillero, que le dijo que le hiciera un favor, de ir a retirar un dinero, ante la negativa de la imputada, el pandillero le amenazo que si no lo hacía iba a matar a sus hijos.
Con respecto al criterio de oportunidad que sugiere el colega, alberto 68, en esta etapa del proceso de vista pñublica, se puede solicitar esa salida alterna????