Impuesto a la Transferencia Bienes Raíces

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10 años 3 meses antes #95046 por Daniel84
Apreciaría su ayuda para aclarar la siguiente duda: Estoy gestionando un crédito hipotecario y según tengo entendido al figurar dos personas dentro de la correspondiente escritura es factible reducir el impuesto a la transferencia de bienes raíces a la mitad (50%). Entiendo que la base para hacerlo es figurando uno de los solicitantes como adquiriendo la nuda propiedad y el otro el usufructo.
Favor confirmarme si lo anterior es correcto. Hasta donde yo conozco los bancos lo hacen comúnmente pero me gustaría saber cual es la base legal de dicho procedimiento.

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10 años 3 meses antes #95050 por Canizalez
Efectivamente Daniel, entendería que estás gestionando un crédito hipotecario y yo hago eso bien seguido en el despacho para el que trabajo. En la parte de la compraventa, un comprador será el dueño del total del Usufructo y el otro de la Nuda Propiedad. En la práctica lo que se hace es dividir el precio total del inmueble a la mitad (aunque lo podés hacer en el porcentaje deseado). Respecto al Impuesto de Transferencia, pagarás únicamente por el valor del monto correspondiente a la Nuda Propiedad. El usufructo no paga nada.

Ejemplo: Valor total del inmueble: $100,000.00
Dividamos:
Valor Nuda Propiedad: $50,000.00 (Este pagará impuesto a la transferencia por $642.86)
Valor Usufructo: $50,000.00 (No paga)

Por último recordá que vas a pagar en el CNR por los dos, Usufructo y Nuda Propiedad,

En el mismo ejemplo sería:

Nuda Propiedad (por $50,000.00): $315.00
Usufructo (por $50,000.00): $315.00

Te agrego archivo del impuesto de transferencia,

Espero te sirva de ayuda y cualquier duda a la orden!!

Bendiciones!!

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10 años 3 meses antes #95051 por Canizalez
Perdón, Base Legal, Artículo 1, Numeral 5, LEY DEL IMPUESTO SOBRE TRANSFERENCIA DE BIENES RAICES

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10 años 3 meses antes #95222 por Daniel84
Muy agradecido por tu respuesta rápida y completa.-

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