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Bayona escribió: En una demanda de divorcio por la causal segunda la demandada respondió a la misma en sentido positivo. Sin embargo, no se presentó a la audiencia preliminar. Por lo cual se tendrá que ir el proceso a la fase de sentencia, pero como no se sabe si no se va a volver a presentar a la audiencia, el demandante llevará los testigos por si acaso se necesitan e incluso a los hijos procreados por la pareja de esposos, (pues lo que abunda no estorba).
Mi pregunta es: Ya en la audiencia de sentencia la demandada ¿puede oponerse o cambiar o modificar alguno o algunos de los puntos de su contestación?
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