Muy buenos días respondiendo a tu interrogante, en mi humilde opinión y según lo que la ley establece en nuestra legislación, los derechos del pago a proporcionar es en primer lugar los padres hacia los hijos si no se pudiese por razón que sea de domicilio ignorado, estuviese fuera del país y siga bajo la autoridad en este caso de sus padres, los abuelos pueden ser perfectamente demandados para que cumplan la obligación de dar alimentos a su hijo, lee detenidamente el Libro 4o del Código de Familia ya que ahí se encuentra la llave para solventar y exigir el pago de alimentos para tu hijo que desde un momento le negó su derecho su propio padre al abandonarlo y es más pudieras solictar la pérdida de la autoridad parental para que solo tu puedas ejercer los derechos como madre de tu hijo.