Buenas noches.
Antes de todo, aclaro que no soy experto en Derecho de Familia, pero trabajé un tiempo en la Procuraduría General de la República, en el área de Familia.
De lo poco que yo conozco, podría aconsejarle lo siguiente:
1) No se puede impedir que la madre de su hijo solicite una revisión de cuota.
2) Según la legislación de familia deben existir tres elementos básicos para determinar la cuota alimenticia a favor de los alimentarios: a) La titularidad de derecho Art. 248 y 211 C.F.; b) La capacidad económica del obligado, y c) La necesidad de los alimentarios. Esto significa que en el proceso de revisión de la cuota, se debe comprobar el nivel de ingresos que usted posee, el nivel de pasivos u obligaciones que usted posee, y la necesidad que pueda tener su menor hijo. Recuerde que la cuota alimenticia es PARA LOS HIJOS.
Usted puede solicitar que se haga una investigación a través del equipo multidisciplinario, en caso que tenga dudas que la cuota que usted aporta se utilice verdaderamente para cubrir las necesidades de su hijo, pues en muchos casos, se ha dado que la madre lo utiliza para cualquier otra cosa, menos para atender esas necesidades.
Mi recomendación es que vaya preparando toda la documentación que compruebe su situación económica, incluyendo las otras responsabilidades que usted tiene.
Ya hay jurisprudencia en la que se determina que la cuota alimenticia no pude ser privativa de los otros compromisos que usted posea.
Suerte.