MODELO DE SOLICITUD REVISION DE MEDIDAS POR ACOSO

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11 años 7 meses antes #74763 por abel
HOLA ALGUIEN TENDRA UNA SOLICITUD DE REVISION DE MEDIDAS POR DELITO DE ACOSO

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11 años 7 meses antes #74771 por fran zepeda
el articulo 433 del CPP. anterior decía que se interponía ante el tribunal que dicto la sentencia y en el el Nuevo Código que es el que nos interesa dice: que El recurso de revisión se interpondrá ante el juez o tribunal que pronunció la sentencia que causó ejecutoria,aquí los señores redactores del Código, a mi juicio es lo mismo.

De acuerdo al procedimiento establecido en la legislación procesal penal para el trámite del recurso de revisión, los artículos 491 y 492 claramente establecen al recurrente la obligación de ofrecer la prueba que sustente el recurso interpuesto, desde el momento en que se presenta el escrito respectivo; asimismo, a la autoridad judicial que conoce del aludido medio de impugnación, se le impone celebrar audiencia, durante la cual deberá recibir la prueba ofrecida por el solicitante. Por tanto, una vez admitida la revisión, habrá de tramitarse de conformidad al procedimiento diseñado por el legislador; dando a las partes las oportunidades de intervención que la ley prevé. Por tanto, si una autoridad judicial tramita la revisión de manera contraria a lo especificado legalmente, negándose, por ejemplo, a recibir la prueba ofrecida, ello implicaría soslayar el principio de legalidad, y vulneraría el derecho a la seguridad jurídica, derechos que están conectados con el que se protege a través del hábeas corpus dado que el fin del recurso planteado es la revocatoria de la condena impuesta y como consecuencia, la posibilidad de emitir una sentencia absolutoria que permita la puesta en libertad del favorecido, por lo que la inobservancia del trámite en los términos legalmente establecidos, impide que la decisión judicial sobre el recurso interpuesto sea acorde con la Constitución. Y es que, la novedad de los hechos propuestos a revisión, solo puede ser analizada tras haberse producido la prueba ofertada.

EN SEGUIDA SUBIRÉ VARIOS MODELOS DE RECURSOS DE REVISIÓN DE DIVERSOS DELITOS. cualquier duda o ayuda frandiego@live.com

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11 años 7 meses antes #74772 por Isaí
Buenas noches.
Si no mal entiendo, el colega se refiere a un escrito para solicitar una audiencia especial de revisión de medidas, es decir, que a su defendido le decretaron instrucción con detención provisional, y es justamente esa medida la que desea que se revise. No se está refiriendo al recurso de revisión de la sentencia defintiva que es una cosa muy diferente.
A continuación se le dejo un modelo de solicitud de revisión de medidas. Es importante que tome en cuenta que en algo deben haber cambiado las circunstancias bajo las cuales se decretó la medida de la detención provisional y que si no se hizo en la primera audiencia, en ésta compruebe los arraigos y demás. Cualquier consulta estoy a la orden.


Referenica:________________________

SEÑOR JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN DE SAN MIGUEL.
SAN MIGUEL.-

XXXXXXXXXXX, mayor de edad, abogado, de generales conocidas en el presente proceso penal que se instruye contra xxxx por el delito de xxxx en perjuicio de xxxx, a Usted respetuosamente EXPONGO:
Que el señor xxxxxxxxxxxxxxxxx inicialmente fue procesado por los delitos de acoso sexual y amenazas, y que mediante resolución del Juez xxx de paz de San Miguel se ordenó la detención provisional como medida cautelar. Sin embargo, la denuncia por el delito de amenazas fue retirada por la víctima en sede fiscal la semana anterior.
Asimismo su Señoría, nuestra ley procesal penal establece en su artículo ciento sesenta y seis relacionado con los artículos trescientos cuarenta y tres y trescientos cuarenta y cuatro, la facultad de las partes de solicitar en cualquier estado del proceso la tramitación de una audiencia especial, por tal razón, y actuando como defensor particular del imputado xxxxxxxxxxxx, vengo por este medio a solicitar audiencia especial de revisión de medidas para el imputado antes mencionado, ya que aparte de ser un derecho de las partes, las condiciones bajo las cuales se decretó la medida extrema de la detención provisional han cambiado, no solo por el retiro de uno de los delitos, sino también por las circunstancias personales, familiares y sociales del proceso, tal como se establecerán en la audiencia a la que se convoquen a las partes.
Por lo anteriormente expresado su Señoría, respetuosamente le solicito:
1. Admitirme el presente escrito.
2. Se convoque a una audiencia especial de revisión de medidas en la que se revise la medida extrema de la detención provisional decretada en contra del procesado.
San Miguel, a los dos días del mes de junio del año dos mil catorce.
El siguiente usuario dijo gracias: Guardado, stan1986

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11 años 7 meses antes #74777 por mitz
Pues mas entiendo que es el escrito que puso el colega que me antecede

Ramirez y Asociados
wsp 75944115
correo jgro31@gmail.com
Abogado Laboralista
El siguiente usuario dijo gracias: stan1986

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10 años 5 meses antes #92442 por DaniloConsultor
Excelente aporte colega!!!

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9 años 1 mes antes #107530 por fran zepeda
Ese delito esta dentro de los delitos contra la libertad sexual, y según el articulo 331 CPP, no es procedente dar una medida sustitutiva a la detención en estos delitos, pues la mayoría de jueces se basan al tenor literal de la ley procesal penal. sin embargo, la doctrina ya configura elementos diferentes a la ley en la cual si se puede dar una medida diferente a la detención pero hay que agregarle sentencia que constituyan jurisprudencia y presentar todos los arraigos necesarios. la sala de lo penal ya tiene 7 sentencias al respecto, lo único que no le ponga que quiere programación de audiencia especial... ponga solicitud de audiencia de revisión de la medida cautelar. porque en si en estos delitos no hay audiencia especial aunque en el fondo de su planteamiento eso solicite.
El siguiente usuario dijo gracias: Guardado

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9 años 1 mes antes - 9 años 1 mes antes #107873 por yanecita
gracias por el aporte, me sirvio de mucho
Última Edición: 9 años 1 mes antes por yanecita.

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