muy buenas tardes colegas, pues en mi opinion un poder general judicial es para abogados es para que te represnte un abogado ante los tribunales, un poder general administrativo con clausula especial es para particulares, donde pueden los representantes comprar, vender, agravar etc.. en fin se vuelven administradores de todos los bienes del representado; podria haber un poder general judicial y administrativo, puesto representaria tanto en lo judicial enlos tribuanales como enlo adminitrra los bienes. bueno si alguien mas nos podria ampliar pues seria de mayor conocimiento y estar seguro, buenas tardes